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NOTICIAS
 





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15/12/2015

La DGT hará 25.000 controles diarios de alcohol y drogas.


 

En época de comidas y cenas de empresa, amigos y familia, un momento en el que se incrementa el número de casos en los que se conduce después de haber bebido sólo una copita o tres cervecitas.

La DGTpone en marcha la campaña específica para la detección de alcohol y drogas en los conductores, 12 de cada 100 conductores conduce después de consumir alguna sustancia psicoactiva.

En lo que va de año se han detectado más de 84.000 conductores que han dado positivo en controles de alcohol y drogas. Se intensificarán los controles para llegar a realizar 25.000 pruebas diarias y, además, se ha invitado a los ayuntamientos a que se unan a esta campaña para incluir también las vías urbanas.

El objetivo es concienciar, no recaudar y, si bien las multas por exceso de velocidad suelen levantar polémica, en este caso debería haber unanimidad a la hora de apoyar el hecho de no conducir bajo el efecto de alcohol o drogas.










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15/12/2015

Irregularidades en más de 1.500 autobuses escolares controlados


 

Más de 3.500 vehículos dedicados al transporte escolar y de menores han sido controlados durante la campaña especial de vigilancia que la Dirección General de Tráfico ha realizado entre el 30 de noviembre y el 4 de diciembre para comprobar que los vehículos dedicados a este tipo de transporte cumplen la normativa establecida.

De los 3.602 vehículos controlados, 1.504 fueron denunciados por agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, principalmente por irregularidades administrativas.

Hay que destacar en esta campaña que 5 conductores fueron denunciados por circular a velocidades superiores a las establecidas, otros 9 por exceder el tiempo de conducción o minoración del descanso y 5 más por manipular el tacógrafo o sus elementos.

Respecto al cinturón de seguridad en aquellos vehículos que los llevan incorporados, en las inspecciones realizadas por los agentes se constató que 8 vehículos que disponían de estos sistemas de retención presentaban anomalías en su funcionamiento.

En lo que se refiere a la Inspección Técnica de Vehículos, los agentes comprobaron que 15 circulaban sin llevar la ITV en regla.

Las más numerosas, las irregularidades administrativas

Las irregularidades administrativas son las que mayor número de denuncias han generado. Por ejemplo, no disponer de la autorización especial para realizar transporte escolar ha supuesto la denuncia a 1.174 conductores y a otros 13 por irregularidades en el permiso de conducción.

No tener suscrito un seguro de responsabilidad ilimitado, como exige la ley, ha dado lugar a 256 denuncias.

Los agentes también han comprobado que 79 vehículos de transporte escolar presentaban deficiencias en las puertas de servicio y emergencias, así como en sus dispositivos de accionamiento.

Por último, 40 conductores fueron denunciados por no llevar a bordo del autocar una persona encargada del cuidado de los menores, cuando así procedía y otros y 60 no llevaban la señal de transporte escolar, obligatorio cuando se realiza este tipo de transporte.






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15/12/2015

Las estrellas de Euro NCAP más valiosas.




Los test Euro NCAP (European New Car Assessment Programme) son la principal referencia para evaluar y comparar los diferentes vehículos en materia de seguridad junto con el IIHS americano (Insurance Institute for Highway Safety), aunque en Europa están más popularizados los primeros. Conseguir las famosas cinco estrellas en los test de Euro NCAP es el objetivo de los fabricantes y la referencia para los posibles clientes.


El último cambio se realizó en 2009, todas los test realizados de 2009 a 2014 son comparables, pero ahora se ha añadido una prueba de gran amplitud, ahora la puntuación de protección frente a impactos frontales se comparte con la prueba de barrera deformable con solape parcial (que no cambia). Además la prueba de barrera lateral se realiza con un impactador más grande y más pesado, y cambia el dummy por otro más realista.

Más cambios. La prueba lateral con mástil se realiza desde otro ángulo y las pruebas de peatones ya no sólo evalúan las esquinas delanteras del capó, sino la protección que proporcionan en la parte superior de las piernas independientemente de la parte del frontal con la que impacten.

No hay cambios de ningún tipo en la evaluación de ocupantes infantiles ni el contenido técnico respecto a la evaluación de asistentes a la seguridad, pero en el caso de la sección de Asistencia a la seguridad sí se ha cambiado el umbral y es más difícil conseguir tres, cuatro y cinco estrellas.


 




11/11/2015

Recordemos la nueva normativa de tráfico,que también afecta al ciclista.


Conozca las actuales normas de tráfico que le afectan como ciclista.


¿Cúal debe ser el comportamiento tanto de los ciclistas como de los automovilistas cuando circulan por carretera?, una errónea interpretación de las normas de tráfico puede poner en riesgo la seguridad vial de todos.


¿Qué obligación tengo como ciclista cuando voy por ciudad?
¿Por dónde debo circular?

En la actualidad, existe una gran confusión porque muchos ayuntamientos han aprobado normas específicas de circulación en sus ordenanzas, que van en contra de lo establecido en la ley. Hay ayuntamientos, por ejemplo, que permiten la circulación de bicicletas por la acera y se están produciendo sentencias judiciales anulando dichas normativas.

En los demás casos, serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos. Por ejemplo, si se trata de un paso para peatones, y así está señalizado, el ciclista ni siquiera podría cruzarlo transversalmente, para hacer un giro o un cambio de sentido, o cruzar a la acera de enfrente, salvo que se bajara de la bicicleta y la llevara a pie, en cuyo caso si gozaría de prioridad porque dejaría de ser un ciclista para convertirse en peatón.

Y respecto del resto de las normas de tráfico, conviene recordar que también son de obligado cumplimiento para los ciclistas, por ejemplo, las tasas de alcoholemia o la prohibición de llevar auriculares o hablar por el móvil.
¿Pueden los ciclistas circular por la acera a la velocidad que quieran?
La respuesta es NO.

¿Pueden los ayuntamientos pintar una bicicleta en la acera y que por ella circulen legalmente los ciclistas?

Existe una sentencia del Tribunal Supremo que aclara que si en una acera (que es un lugar reservado en exclusiva para los peatones), se señaliza y delimita un carril para la circulación de bicicletas, ésta deja de estar reservada en exclusiva a la circulación de peatones, y se convierte en una zona de uso compartido.

Pero si ese carril-bici no está señalizado expresamente, por la acera sólo pueden circular peatones.

¿Cuándo tienen los ciclistas prioridad de paso respecto de los coches?

El Artículo 64 del Reglamento General de Circulación indica que: Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

a) Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
c) Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos.

También conviene recordar el Artículo 59 relativo a las intersecciones que establece que: "Aun cuando goce de prioridad de paso, ningún conductor deberá penetrar con su vehículo en una intersección o en un paso para peatones o para ciclistas si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal".

 

¿Si un ciclista quiere atravesar un paso de peatones, ¿debe detenerse el conductor de un vehículo?

Respecto a la preferencia de paso de un ciclista sobre un automóvil en un paso de cebra sólo tendría prioridad de paso en el caso de que el ciclista circulara por un carril bici o un paso para ciclistas debidamente señalizado, ya que si se trata de un paso para peatones, y así está señalizado, el ciclista ni siquiera podría cruzarlo transversalmente, para hacer un giro o un cambio de sentido, o cruzar a la acera de enfrente, salvo que se bajara de la bicicleta y la llevara a pie, en cuyo caso si gozaría de prioridad porque dejaría de ser un ciclista para convertirse en peatón.
¿Pueden dos ciclistas circular en paralelo en carretera?
El art. 54 del Reglamento General de Circulación autoriza la circulación en grupo de los ciclistas, pero ir en grupo no significa ir en pelotón.

Así los ciclistas circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.
En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.
Las bicicletas, excepcionalmente, pueden circular en posición paralela, en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso.

¿Deben circular con casco?

Los ocupantes de bicicletas están obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen por vías interurbanas.


¿Y con chaleco reflectante?

Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de bicicletas deben llevar colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulan por vía interurbana.

¿Pueden llevar auriculares?

Respecto de los auriculares también les afecta la prohibición general establecida en el Reglamento General de Circulación, por lo tanto, el uso de auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido así como el uso del teléfono móvil queda prohibido cuando se conduce una bicicleta.
¿Les pueden quitar puntos?
No. El Anexo II de la Ley de Seguridad Vial establece que: "La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir". Y hasta la fecha, la conducción de bicicletas no exige ninguna autorización.











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15/11/2015


TRAS UNA PRIVACIÓN JUDICIAL DEL CARNET

La condena judicial por delitos contra la seguridad del tráfico lleva aparejada la privación temporal del derecho a conducir, pero ¿qúe ocurre una vez que se ha cumplido ese periodo de privación del carnet? ¿Cuándo se puede volver a conducir?

La recuperación del derecho a conducir vehículos a motor dependerá de si el tiempo de la privación del permiso es inferior o superior a 2 años.


Privación del permiso de conducir SUPERIOR A DOS AÑOS
Si la privación del permiso es superior a dos años, es necesario realizar un curso de reeducación y sensibilización vial de 24 horas lectivas en un centro autorizado y además será preciso realizar una prueba en Tráfico. El permiso que se obtenga dispondrá de un saldo de 8 puntos.


Privación del permiso de conducir INFERIOR A DOS AÑOS
Si la condena es inferior a dos años, para volver a conducir, únicamente deberá acreditarse haber superado con aprovechamiento el curso de reeducación y sensibilización vial de 24 horas, no siendo necesario realizar ninguna prueba posterior.

Aunque no existe ningún plazo para notificar al conductor lo que debe hacer, ni siquiera existe obligación de informarle, la DGT suele hacerlo. Por lo tanto, una vez cumplida la condena puede apuntarse en cualquiera de los centros autorizados para realizar el curso y poder así recuperar de nuevo su derecho a conducir.


¿Y SI NO HAGO EL CURSO?
El incumplimiento de la realización del curso correspondiente conllevaría una sanción administrativa grave por importe de 200 euros en el caso de haber sido privado del derecho a conducir por un tiempo inferior a dos años, y una sanción administrativa muy grave por importe de 500 euros en el caso de haberlo sido por tiempo superior a dos años.

 








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15/11/2015

Coches y camiones dispondrá de tarjeta ITV electrónica

A partir del 11 de mayo de 2016, este tipo de tarjeta electrónica se expedirá también para ciclomotores, motocicletas quads y triciclos



Todos los turismos, furgonetas y camiones que se matriculen a partir de mañana contarán con la tarjeta (ITV) de características técnicas en formato electrónico.

Funcionamiento y registro

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha desarrollado un sistema electrónico de envío de fichas técnicas por parte de los Fabricantes, Importadores y Representantes de vehículos (FIR), los cuales, por vía telemática, enviarán los datos técnicos de los vehículos a un Registro de Vehículos Prematriculados que la DGT ha creado al efecto. Una vez que los FIR han enviado los datos técnicos del vehículo, la DGT realizará una serie de validaciones sobre dichos datos, y si estos son correctos se almacenarán en el registro de vehículos prematriculados. A los FIR se les notifica que el proceso de envío se ha realizado correctamente y se les indica el Número de Identificación del Vehículo (NIVE). Desde este momento el NIVE adquiere una gran importancia ya que será el número que identifica de manera única dicho vehículo.

Implicación de entidades financieras y concesionarios

En el proceso de matriculación de vehículos existen otros agentes implicados, como son las entidades financieras y los concesionarios. El sistema que ha desarrollado la DGT incluye a estos agentes y respeta el papel que en la actualidad vienen realizando. En el caso de las entidades financieras, el sistema de la DGT garantizará que ningún vehículo financiado sea matriculado hasta que las propias entidades, a través de sus pasarelas de pagos, informen a la DGT que el vehículo se puede matricular.

Respecto a los concesionarios, les corresponderá la misión de informar telemáticamente a la DGT de la persona que adquiere el vehículo (diligencia de venta).

DGT: asignación de número de matrícula y expedición de la tarjeta electrónica

Posteriormente la DGT recibirá una solicitud de matriculación con un número de NIVE en la misma, y ya sea a través de la matriculación telemática, o bien en las propias ventanillas, al matricular el vehículo, los datos técnicos del mismo se obtendrán desde el registro de matriculados, evitando así errores de mecanización. La DGT no sólo asignará el número de matrícula del vehículo, sino que además expedirá la Tarjeta de Inspección Técnica en formato electrónico, donde podrán inscribirse todas las anotaciones por medios informáticos.

No afectará a las tarjetas ITV en formato papel

A día de hoy la gran mayoría de fabricantes de vehículos ya están integrados en el proyecto e ITV y en el mes de octubre prácticamente el 50% de los vehículos matriculados disponían ya de ficha electrónica.

La obligación de expedir las fichas técnicas en formato electrónico por parte de los fabricantes de vehículos a partir de la fecha mencionada, no afecta a la validez de las fichas técnicas en formato papel emitidas anteriormente, que seguirán siendo válidas.









2/11/2015

Nueva Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras

Dicha norma sustituye a la anterior Ley 25/1988, que tenía el mismo objeto, manteniendo temporalmente vigente su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1812/1994, mientras que sus preceptos no se opongan a la nueva Ley y no se apruebe un nuevo reglamento general de desarrollo, para lo cual el Gobierno dispone del plazo de un año.

El Estado dispone de la doble competencia exclusiva en materia del régimen general de comunicaciones y respecto de las obras públicas de interés general que afecten a más de una Comunidad Autónoma (Arts.149.1.21ª y 24ª CE), circunstancias ambas que convergen en el objeto de la Ley que regula la ordenación y gestión de las Red de Carreteras del Estado.

Pero al igual que la anterior Ley 25/1988 se aprobó en un momento en que se transfirieron a las Comunidades Autónomas una gran parte de carreteras de titularidad estatal que encajaran en el requisito de encontrarse íntegramente en el ámbito geográfico de una sola Autonomía para poder asumir su competencia (Art.148.1.5ª CE), la nueva Ley tiene como motivación esencial la de armonizar una red viaria que en estos últimos veinticinco años ha crecido enormemente en España.

La nueva Ley contiene diversas novedades, considerando las más relevantes las siguientes:

  • Respecto de la clasificación de los tipos de carreteras (Art.2), la nueva Ley ha incorporado las "carreteras multicarril", que son las que tienen al menos dos carriles de circulación por sentido y que entre ambos sentidos exista algún tipo de separación o delimitación. Por otra parte, también se han suprimido las antiguas "vías rápidas", es decir, las carreteras de una sola calzada y sin posibilidad de accesos a las propiedades colindantes. Estas últimas quedan ahora encuadradas dentro del tipo de las carreteras convencionales, donde se reúnen al resto de carreteras no catalogadas como autopistas, autovías o carreteras multicarril. Con dicha supresión se aprovecha igualmente para eliminar de la nomenclatura un término ("rápidas") que pudiera confundir con el espíritu de seguridad viaria que se defiende.

  • Se identifican los criterios por los que las carreteras pasan a formar parte de la Red de Carreteras del Estado, bien por ser itinerarios de interés general, bien por ser trayectos que afecten a más de una Comunidad Autónoma. Así mismo, dependiendo de su funcionalidad por la importancia del tráfico que se desarrolle en la misma, se clasifican dentro de la Red Básica o la Red Complementaria (Art.4).

  • Se regula la nueva figura de los Viarios anexos a la Red de carreteras del Estado, con clara vocación transitoria, donde se engloban los trazados que a día de hoy todavía son de competencia estatal -y que por tanto están sujetos a las competencias del Ministerio de Fomento- pero que tiene como objetivo ser transmitidos a otras Administraciones. Por ello, estando excluidos de la calificación de carreteras del Estado, no les será de aplicación la normativa técnica del Ministerio de Fomento para la Red de Carreteras del Estado (Art.5). Así, se establece en la Ley el mandato legal de que dicho organismo promueva los acuerdos necesarios para celebrar dichas transmisiones (Disposición Adicional 3ª).

  • Se refuerza y aclara el régimen jurídico de los accesos a las carreteras, en atención a la importancia que tiene la entrada y salida del tráfico de la Red de Carreteras del Estado. Por ello, se establece de forma expresa la obligación de que el acceso se realice exclusivamente a través de nudos o de vías de servicio, según el caso, y se habilita al Ministerio de Fomento para que pueda modificar o suspender temporal o definitivamente la autorización de accesos existente si hay alguna circunstancia que lo aconseje (Art.36).

  • Con una finalidad de aumentar la seguridad viaria, se refuerza la posibilidad de prohibición de publicidad que ya establecía la anterior Ley de Carreteras, en la medida que la nueva Ley -además de mantener la prohibición de publicidad fuera de los tramos urbanos de las carreteras- habilita al Ministerio de Fomento para que ordene su retirada incluso en tramos donde inicialmente sí se podría instalar, si causas medioambientales o de seguridad viaria así lo aconsejan (Art.37.4).

  • Se incrementan los importes de las sanciones, alcanzando en la cuantía máxima en todos los grados, como mínimo, el doble de lo que se podía imponer hasta ahora con el régimen sancionador de la Ley 25/1988. Así, con la nueva Ley, las sanciones por infracción leve podrán alcanzar hasta 3.000 €, las graves hasta 15.000 € y las muy graves hasta 300.000 € (Art.43).

  • La agilización del procedimiento para la transmisión de la titularidad de las carreteras entre el Estado y las Comunidades Autónomas y Entes Locales, en ambos sentidos, cuando ello beneficie al interés público y se logre una mayor racionalización de la gestión de la carretera objeto de transmisión que se base en criterios funcionales y no competenciales, así como una mayor seguridad viaria al separar los diferentes tipos de tráfico en cada carretera.

Para ello, como se anticipa en la Exposición de Motivos de la nueva Ley, se tiende a aplicar el criterio de que las carreteras dirigidas al tráfico de largo recorrido entre los principales núcleos de población o con las redes de carreteras de los países limítrofes sean asumidas por el Estado mientras que el resto -es decir, la red que conecta las referidas carreteras con el resto de núcleos de población- sean asumidas por las Comunidades Autónomas. Para ello, la nueva Ley establece específicamente un procedimiento de entrega de tramos urbanos de carreteras del Estado a los Ayuntamientos, previa adquisición de éstos de la condición de vías urbanas (Art.49).





2/11/2015

Las indemnizaciones por accidentes pueden reducirse si...



El no utilizar los cinturones de seguridad o los adecuados sistemas de retención para niños puede dar lugar a una reducción de las indemnizaciones a que tienen derecho las víctimas del tráfico en caso de tener un accidente.

Las indemnizaciones pagadas por las aseguradoras pudieran ser reclamadas posteriormente a sus asegurados por el incumplimiento de normas esenciales de seguridad.

Si conduces bebido, olvídate del seguro

Si conduces bebido, olvídate del seguro, para advertir que la legislación española también excluye expresamente la cobertura de quienes conduzcan en estado de embriaguez o habiendo ingerido drogas.

Lo que dice la Ley

El Artículo 1 del Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece que en el caso de daños a las personas se exonera de responsabilidad cuando se pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado”.




 

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18/10/2015

En la carretera, la vista es la vida

El 93% de los mayores de 55 años necesita hacer uso de algún tipo de corrector visual
  • A pesar de que la vista aporta el 90% de la información al conducir y de que casi la mitad de los conductores sufre alguna deficiencia visual, solo el 40% acude a sus revisiones anuales.Con motivo del Día Mundial de la Visión, que se celebra el segundo jueves del mes de octubre y que este año coincide con el día 8, organizaciones de todo el mundo se unen para sensibilizar a ciudadanos e instituciones de la importancia de la prevención y el tratamiento de la pérdida de visión. Entre ellas la Asociación Visión y Vida, que celebra, además, su 60 aniversario.

Datos alarmantes

Algo más de la mitad de la población española (53,4%), casi 25 millones de personas, utiliza alguna corrección visual (gafas o lentillas o ambos), según el último Libro Blanco de la Visión en España de 2013, publicado por Visión y Vida, la Federación Española de Asociaciones del Sector Óptico (FEDAO) y el Consejo General de Ópticos-Optometristas. Estas cifras van desde el 26% de personas entre 18 y 34 años que necesitan estas correcciones al 93% en mayores de 55 años (unos datos que afectan en similar medida a los conductores). "Si tenemos en cuenta que en nuestro país más del 75% dispone de carné de conducir y que 6 de cada 10 se desplaza al trabajo en coche diariamente –explica Salvador Alsina, presidente de la Asociación Visión y Vida–,creemos que es fundamental para reducir la siniestralidad que este factor de riesgo sea abordado".

Si quieres conocer cómo influyen diferentes problemas –miopía, hipermetropía, cataratas, escotomas, glaucoma...– en la conducción, pincha en la imagen




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18/10/2015

Cambia la norma sobre llevar niños en el asiento delantero del coche

Si tienes niños o llevas niños en el coche de vez en cuando ten en cuenta que cambia la normativa a partir de pasado mañana día 1 de octubre. A partir de ahora los menores de edad de 1,35 metros de estatura o menos deberán ir sentados en las plazas traseras del vehículo.

Es decir, se acabó eso de llevar a los bebés en el asiento del acompañante con el maxi-cosi colocado en el sentido contrario a la marcha. Este cambio se ha producido porque está demostrado que es mucho más seguro que los pequeños viajen en los asientos traseros, las lesiones son menores en caso de accidente. Pero hay excepciones y existen tres supuestos en los que sí pueden ir delante.

Es necesario situar la silla en el sentido contrario a la marcha es obligatorio desconectar el airbag del acompañante,algo que no se puede hacer en todos los coches fácilmente, en algunos es necesario pasar por el taller para realizar la desconexión.

Pueden viajar en el asiento delantero sólo cuando...

  • Cuando el vehículo no tenga plazas traseras. Es el caso de los biplazas o las furgonetas.

  • Cuando los asientos traseros estén ocupados por menores en la misma situación (estatura de 1,35 o menor).

  • Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.

Vamos a darle una vuelta al tercer punto porque puede haber duda. Si tenemos que llevar tres niños y no nos caben las tres sillitas, uno de ellos puede ir en el asiento delantero. Pero hay un caso más que con ese "todos" que la DGT incluye en el texto puede que no se tenga en cuenta: sólo llevo un niño pero el coche no tiene cinturones en los asientos traseros. No puedo instalar "todas" las sillitas (no puedo instalar ni una), por lo tanto puede ir en el asiento delantero.

 



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18/10/2015

Cada día se producen 27 atropellos en ciudad



 

  • La ciudad de Melilla, con 19 víctimas, cuadriplica la media nacional de fallecidos y heridos graves por 100.000 habitantes. Le siguen Burgos con 10,2; Huesca con 9,5 y La Rioja con 9,3.



Todos los años se producen en España unos 11.000 atropellos aproximadamente, de los cuales más de 10.000 suceden en zona urbana, lugares habituales para realizar los desplazamientos a pie, por lo que la presencia de peatones es muy alta. De hecho, por cada 10 atropellos en ciudad (93% del total), se produce 1 en carretera. Así, de los 378 fallecidos en total por atropello, 6 de cada 10 (224 víctimas mortales) se producen en ciudad.

En uno de cada tres atropellos, el responsable es el peatón

En este sentido, en uno de cada tres atropellos existe una imprudencia del peatón, siendo las más comunes irrumpir o cruzar la vía antirreglamentariamente, no utilizar los pasos para peatones o no respetar los semáforos. Respecto a la importancia de la visibilidad, hay que destacar que el 35% de los atropellos mortales suceden durante el crepúsculo o la noche, generalmente en vías que no se encuentran suficientemente iluminadas.

Los menores de 14 años y los mayores de 75, los más vulnerables

Por edades, destacan los grupos de las personas mayores y los menores de 14 años como colectivos más vulnerables. Así, los mayores de 74 años, con 107 fallecidos y 464 heridos graves, representan un 29% del total; seguidos por los adultos de 65 a 74 años, con 52 fallecidos y 241 heridos graves (un 15% del total), y, por último, los menores de 0 a 14 años, con 13 fallecidos y 211 heridos graves, con el 11% de representatividad.

Además, la probabilidad de fallecer en caso de atropello se llega a cuadriplicar en función de la edad. Mientras que en los menores de 59 años, la probabilidad de fallecer en un atropello entre 31 y 40 km/h es del 6%, en los mayores de 60, dicha probabilidad se eleva hasta un 30%. Si el atropello se produce entre 41 y 50 km/h, pasa del 16% al 71%; y a más de 51 km/h la probabilidad de sufrir lesiones mortales para un mayor de 60 años es superior al 90%. Por tanto, el perfil de la víctima que sufre un atropello de consecuencias graves en la ciudad, es el de una persona mayor de 65 años, o un menor de 14 años, que irrumpe en la vía, cruza fuera de un paso de peatones, en una zona de poca visibilidad.

Melilla cuadriplica la media

 

Por provincias, siendo la media en España de 4,1 fallecidos y heridos graves por cada 100.000 habitantes por atropello en zona urbana, se observa que 16 provincias se sitúan por encima de esta media, con una de ellas que llega a cuadruplicar la media, Melilla con 18,9 fallecidos y heridos graves por cada 100.000 habitantes, y cinco que, como mínimo, la duplican, como son Burgos con 10,2; Huesca con 9,5; La Rioja con 9,3; Ávila con 8,9 y Palencia con 8,3.





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22/09/2015

Las indemnizaciones por accidentes pueden reducirse si no se hace uso de los cinturones de seguridad

SANTYANA quiere advertir que no utilizar los cinturones de seguridad o los adecuados sistemas de retención para niños puede dar lugar a una reducción de las indemnizaciones a que tienen derecho las víctimas del tráfico en caso de tener un accidente.“incluso en determinados casos podría dar lugar a que las indemnizaciones pagadas por las aseguradoras pudieran ser reclamadas posteriormente a sus asegurados por el incumplimiento de normas esenciales de seguridad”.

Además del riesgo personal que conlleva no usar los cinturones de seguridad o de los adecuados sistemas de retención infantil- de las consecuencias económicas que sobre víctimas y asegurados tendría la circulación de vehículos sin hacer uso de los necesarios sistemas de seguridad. Sistemas que, por otra parte, han permitido salvar millones de vidas en los últimos treinta y cinco años.

Si conduces bebido, olvídate del seguro

Recordar a los conductores el lema de su última campaña “Si conduces bebido, olvídate del seguro”, para advertir que la legislación española también excluye expresamente la cobertura de quienes conduzcan en estado de embriaguez o habiendo ingerido drogas.

Lo que dice la Ley

El Artículo 1 del Texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece que en el caso de daños a las personas se exonera de responsabilidad cuando se pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado”.



 

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22/09/2015

206 menores sin sistema de retención


Durante la semana del 7 al 13 de septiembre, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han incrementado los controles para comprobar que, tanto conductor como pasajeros, llevaban correctamente abrochado el cinturón de seguridad y que los menores de 12 años viajaban con el sistema de retención adecuado a su peso y talla.

De 344.000 vehículos controlados, 2.830 adultos (1.766 conductores y 1.064 pasajeros) y 206 menores de 12 años, viajaban sin este elemento de seguridad. De los 1.064 pasajeros, 649 viajaban en los asientos delanteros y 415 en los traseros.En el caso de los menores, de los 206 que no llevaban cinturón de seguridad ni sistema de retención infantil, 46 viajaban en los asientos delanteros y 160 en los asientos traseros.

Datos preocupantes

Como se puede observar, el uso de cinturón y sillita o Sistema de Retención Infantil (SRI) en los asientos traseros es tres veces inferior al que se produce en los asientos delanteros. En un impacto frontal, la probabilidad de que un ocupante de los asientos traseros, sin cinturón de seguridad golpee mortalmente a otro pasajero de los asientos delanteros, puede ser de hasta 8 veces mayor.El 70% de los que no llevaban elemento de seguridad, viajaba por carretera secundaria, donde se registran 7 de cada 10 accidentes morales.

Llevar el cinturón es un seguro de vida

El cinturón de seguridad es un elemento básico y fundamental de la seguridad vial, un seguro de vida que reduce a la mitad el riesgo de muerte en caso de accidente. Por este motivo, su uso es obligatorio para todos los ocupantes del vehículo y en todo tipo de vías. Además, la utilización correcta del mismo es imprescindible para que cumpla el cometido para el que fue creado.


 


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22/09/2015

El Senado aprueba el Baremo de Indemnizaciones



La Comisión de Economía y Competitividad del Senado aprobó sin enmiendas el Proyecto de Ley que reforma el sistema de valoración de daños causados a las personas en accidentes de tráfico, conocido como Baremo de Indemnizaciones –que el Gobierno aprobó el pasado 10 de abril–, en sustitución del de 1995 y que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2016, a falta de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Como ya informábamos cuando se aprobó el proyecto de Ley y en un reportaje de la versión papel de "Tráfico y Seguridad Vial", cuando entre en vigor este nuevo Baremo, las indemnizaciones por fallecimiento o secuelas se acercarán europeas –en buena parte porque la accidentalidad es similar a la europea–, y se recogerán supuestos no imaginados en 1995, como familias monoparentales, con hijos de otros matrimonios, etc. Uno de los principios que se ha tratado de mantener es que se trate de un sistema sostenible. Quizás por ello, aunque se han mejorado las indemnizaciones de las lesiones más graves, los críticos apuntan que se ha dejado un poco peor a las lesiones más leves, que son la inmensa mayoría.

La indemnización media sube un 15%

No obstante, y debido a que el Baremo debe revisarse por Ley cada tres años, es algo que, de no mejorarse durante la tramitación parlamentaria, podría revisarse relativamente pronto. En torno a un 15% sube la indemnización media, aunque “la de los grandes lesionados podría estar en torno al 35%”.



 




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31/08/2015
Un estudio define siete tipos de personalidades al volante.

La carretera es algo que a algunos les relaja, a otros les crispa y a algunos incluso les saca lo peor de sí. Todo depende del tipo de conductor que seas, y según indica un reciente estudio de la London School of Economics and Political Science (LSE), en colaboración con el fabricante de neumáticos Goodyear, hay siete tipos de personalidades al volante.

El profesor:Este primer tipo de conductor es el que cree que debe dar una lección al resto de usuarios de la carretera, evidenciando qué es lo que hacen mal. Además, espera que se reconozca su esfuerzo por la formación vial gratuita que "regala" a los demás.

El sabelotodo: es un "absoluto experto" en materia de tráfico y considera que el resto de conductores son unos auténticos inútiles, que no tienen ni idea de circular. Por eso mismo, grita a los demás desde la seguridad que le brinda su vehículo, sin miedo a represalias.

El competitivo:Todos nos hemos encontrado alguna vez al conductor competitivo, que es seguramente uno de los más peligrosos, por su inconsciencia. Se trata de ese que no puede permitir que nadie vaya por delante, y se enfada si le adelantas. Es el típico que acelera si intentas adelantarle, que no facilita tu incorporación o que cierra el paso para que nadie le rebase.

El justiciero:el justiciero o castigador, que cree que debe tomarse la justicia por su mano y castigar a los conductores que han hecho algo mal. Éste también grita improperios a los demás y puede llegar hasta a salir del coche, sin buenas intenciones.

El filósofo:es el conductor más racional y sensato. Es capaz de entender por qué otros conductores llevan a cabo malas prácticas, e intenta dar una explicación a por qué han hecho esa jugada que no debían haber hecho. Es el que más se controla cuando conduce.

El evasivo:Evitar los peligros es el principal objetivo del conductor evasivo. No se enfrasca en relaciones con el resto del conductores, puesto que los considera un peligro. Tiene un trato muy impersonal hacia el resto de usuarios de la vía y va directamente a lo suyo.

 El fugitivo:El último es el que no quiere ver lo que tiene delante. Por ello, se mete en su burbuja y se aisla hablando por teléfono o escuchando música. Evitan relaciones con el resto del conductores, en una estrategia para no sentirse frustrados al volante.



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31/08/2015

La DGT aumenta su presupuesto mientras descienden los ingresos por multas.

  Sorprende que llevemos prácticamente un lustro de caída en la recaudación por multas de tráfico: un 13% desde 2011. En contraposición a este dato, tenemos que el presupuesto presentado para 2016 sobrepasa los 893,26 millones de euros, lo que supone un aumento de esta partida en un 2,7% respecto a 2015.
  Sobre las cifras de 2015, estas previsiones para 2016 suponen un incremento del 5,6% en cuanto a tasas, ya que en 2015 los ciudadanos habrán pagado 506,08 millones de euros por este concepto.Más tasas, menos sanciones, parece ser el lema ideado para comunicar esta previsión de ingresos.
 Además de la partida destinada a la mejora de la seguridad vial, que conllevará unas inversiones en mejoras de la red viaria por valor de 133,6 millones de euros, el presupuesto destina también 138,7 millones al capítulo de transferencias internas, que lleva años en crecimiento dedicado a la gestión centralizada del tráfico, lo que debería materializarse en la reducción de los problemas de congestión en las vías interurbanas. También hay prevista una partida de 12 millones de euros para dar continuidad a las medidas de control del consumo de drogas.



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  31/08/2015

El movil: también un peligro para los peatones

El movil se ha convertido en una herramienta cotidiana de nuestras vidas y más de 21,4 españoles acceden a Internet a través de este dispositivo, gastando más de 2 horas y 42 minutos al día en su uso.

La comunicación con los demás, la realización de tareas cotidianas o incluso la manera de ver el mundo han cambiado debido a esta pequeña pantalla.

Desde una perspectiva “usuario-peatón” hay que cuestionarnos si realmente utilizamos este aparato de una manera correcta. La utilización del móvil puede provocar despistes aumentando exponencialmente los accidentes de peatones. El 98% de los accidentes en los que el responsable es el peatón, están causados por el uso de los moviles.El hecho de cruzar por un paso de peatones puede convertirse en una acción peligrosa si no se realiza de una forma correcta. Hay que recordar que solamente se debe hacer por las zonas habilitadas para peatones y mirar siempre a ambos lados de la carretera, además de no aislarnos del entorno con el uso del móvil y auriculares. Esto último puede hacer que perdamos la perspectiva del lugar de donde nos encontremos y no detectar posibles situaciones de peligro que se puedan dar.

 

Enviar mensajes de texto, el uso de auriculares, acceder a las redes sociales, realizar fotografías o vídeos son algunas de las distracciones más frecuentes que sufrimos como peatones al utilizar el móvil. Estas acciones se han convertido en una práctica habitual en nuestro día a día, sin embargo, hacerlo por la calle, mientras caminamos, entraña algunos riesgos de los que no somos suficientemente conscientes.


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17/08/2015
Ocho son las personas fallecidas circulando en bici por las calles de Londres en lo que llevamos de año. El gran problema radica en que siete de esos ocho ciclistas muertos fueron atropellados por vehículos pesados. De hecho, desde 2008, más de la mitad de los ciclistas muertos en Londres (56 de 99), fallecieron en incidentes con camiones.

La última víctima mortal entre los ciclistas londinenses, una joven de 26 años mortalmente atropellada por un camión tipo volquete a finales de junio, en el distrito financiero de la ciudad de Londres, ha puesto una vez más en evidencia este problema de seguridad.

Prohibir los camiones.

Así, tras esta última muerte, el colectivo de ciclistas londinenses ha iniciado serie de protestas en las que piden, entre otras medidas, la prohibición de circular a los camiones y los vehículos particulares por las estrechas y transitadas calles del centro durante las horas punta. Todo ello organizado dentro de la campaña 'Stop Killing Cyclists' ('Paremos las muertes de ciclistas'), cuyo objetivo es reducir el riesgo y aumentar la seguridad de estos usuarios.

De momento, las autoridades ya ha hecho declaración de intenciones: "A partir de septiembre impediremos entrar en la ciudad a todos los camiones y vehículos de construcción que carezcan de ciertas medidas de seguridad, a cualquier hora del día y en cualquier día de la semana", ha dicho Andrew Gilligan, comisionado de Ciclismo del Ayuntamiento de Londres.

Según cifras del 'Transport for London', el organismo responsable de transporte en la capital inglesa, en 2014 se alcanzaron los 600.000 viajes diarios solo en la zona centro de la ciudad. Durante ese año, 13 ciclistas fallecieron y 419 resultaron heridos de gravedad en accidentes de circulación en Londres.




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17/08/2015
Casi seis mil multas al día en Madrid

850 conductores son sancionados cada jornada por entrar en un Área de Prioridad Residencial
Cada día en Madrid 5.760 multas +/-. Esto es una cada cuatro minutos aproximadamente. Cada día, son multados por entrar en un área de prioridad residencial, 850 conductores.
Son captados por un radar fijo más de 1000 y por aparcar mal se sanciona diariamente a cerca de 4.000, en concreto 3860.
Se explica así que uno de los principales motivos de queja sean los parquímetros. De hecho son los que más malestar generan: en el teléfono 010 se reciben por ellos más de 70 quejas a la hora.




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17/08/2015
Vehículo con radar en una acera peatonal

Un vehículo de policía local equipado con dispositivo de radar para control de la velocidad situado encima de una acera peatonal.

Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico no tienen patente de corso y, desde luego, su actuación debe ceñirse al estricto cumplimiento de la ley. No obstante, el Art. 68 del Reglamento General de Circulación establece que "podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación".

 




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29/07/2015

 

Cuando existe un miedo a conducir que además nos restringe nuestra capacidad de actuación , la posibilidad de entablar relaciones sociales y que puede llegar a afectar a nuestro día a día, hablamos de amaxofobia.

¿Has sufrido alguna vez amaxofobia?,quiénes sufren este trastorno evitan y huyen de situaciones propias de la conducción y si, sin poder evitarlo, se ven inmersas en una de ellas pueden llegar a sufrir un ataque de pánico. En un posible ataque de pánico pueden convivir tres componentes: físicos, emocionales y cognitivos.
Las personas que
empiezan a aprender con miedo y, aunque consiguen el carnet de conducir tras superar los exámenes, dejan de conducir.
Conductores que llevan muchos años conduciendo con normalidad (hasta 15 años incluso) y en situaciones de estrés personal, laboral o económico empiezan a desarrollar ansiedad que vuelcan en el volante. Este constituye el grupo más importante de fóbicos a la conducción.
Personas que han
sufrido un accidente de tráfico grave y desarrollan miedo a volver a conducir. Es un tipo también habitual y que puede estar unido al síndrome de estrés postraumático.Los factores de riesgo que pueden causar este pánico al volante son el estrés, problemas de autoestima, ansiedad y rasgos de personalidad como la autoexigencia.
Si no se consigue controlar esta situación, la persona deja de hacerlo o se restringe a zonas urbanas y lugares más concretos para no conducir.Los expertos aconsejan que una buena solución sería acudir a una terapia o consulta médica.
Pero, también insisten en que cuando una persona aprende a conducir no sólo debería
aprender los aspectos técnicos del coche sino también cómo gestionar las emociones y adquirir autoconfianza al volante.
En nuestros centros www.santyana.es, somos expertos en el tratamiento de la Amaxofobia.

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29/07/2015

 

Infracciones de un conductor español en otro país de la UE ya están recibiendo las multas correspondientes.

 

Los conductores españoles ya están comenzando a recibir las multas de las infracciones que cometen en otros países de la Unión Europea (con excepción de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca), tras la entrada en vigor el pasado 6 de mayo de la Directiva que facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.

El intercambio de datos afecta a ocho infracciones: exceso de velocidad, cinturón de seguridad, semáforos en rojo, alcohol y drogas, casco, circulación por carril prohibido y teléfono móvil. Las multas por estacionamiento han quedado fuera del ámbito de esta medida.

La Comisión Europea calcula que es tres veces más probable que un conductor de un vehículo registrado en otro país cometa infracciones

 

¿Y si la multa me la ponen con un coche de alquiler?

 

En el caso de alquilar un coche en el extranjero, es la empresa de alquiler la que tiene que facilitar los datos de su cliente a la Administración que lo solicite.

Si recibo una multa de otro país, ¿debo pagarla?

Antes de hacerlo se debe comprobar que no se trata de un error y que los motivos de la denuncia son comprensibles porque están escritos en castellano. Una vez comprobado todo esto, en la notificación se informa al conductor de la forma de pagarlo y los descuentos a los que se puede acoger, así como de los motivos de impugnación en caso de que el conductor no estuviera de acuerdo. Todos estos trámites se pueden realizar en castellano.

¿Puedo perder puntos?

No, porque no todos los países de la UE tienen permiso por puntos ni tampoco el mismo modelo, con lo que, aunque la infracción que se cometa en otro país conlleve pérdida de puntos conforme a su legislación, el saldo en España quedaría intacto.

¿Qué puede pasarme si decido no pagar?

Esta es una asignatura pendiente de resolver porque la normativa ha previsto el intercambio de información y el envío de las denuncias, pero no ha resuelto el problema de ejecución forzosa en caso de impago salvo que se trate de algunos países, como, por ejemplo, Alemania u Holanda, donde las multas las imponen los juzgados y, en estos casos, la multa se podría ejecutar judicialmente en España por el juzgado penal del domicilio del infractor. No es Hacienda la que reclama en estos casos.

¿Es necesario recibir la multa por correo certificado?

Es imprescindible; si no, no hay que darla por notificada ya que en cualquier comunicación debe haber constancia tanto de que la administración la ha enviado como de que usted la ha recibido.




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29/07/2015

Daños en mi vehículo en el tunel de lavado.

Al lavar mi coche a un túnel de lavado y un rodillo de la máquina me arrancó un trozo del embellecedor lateral izquierdo. Me indicaron que gasolinera que no son responsables de lo ocurrido.

 

Esa respuesta no se ajusta a la realidad. El propietario del lavadero sí es responsable de los daños que se causen por un anormal funcionamiento de las maquinas que utiliza para lavar los coches.Se recomienda que presente la reclamación por escrito adjuntando un presupuesto de reparación.
En caso de que la reclamación amistosa no prosperase habría que estudiar la conveniencia de presentar reclamación judicial.


 08/07/2015

¿Pueden los empresarios saber si sus empleados han retirado el permiso de circulación?

La DGT facilitará a las compañías de transporte que pidan la información sobre los trabajadores.

 

Las empresas de trasportes o las que tengan coches de empresa podrán saber si sus empleados han perdido la vigencia del carné de conducir tras realizar una consulta a la DGT.
Así lo establece una instrucción de Tráfico,satisface la petición de distintos representantes empresariales del sector del transporte por carretera que habían planteado la necesidad de acceder en determinados momentos a los datos contenidos en el Registro de conductores e infractores, con objeto de conocer la situación administrativa de las autorizaciones para conducir de los trabajadores-conductores de sus empresas.

 

Desde el año 2010, la Ley de Seguridad Vial obliga a los propietarios de los coches a impedir circular con su vehículo a quienes no tengan carné de conducir. En caso de no hacerlo podrían convertirse en "cooperadores necesarios" del delito de circular sin carné.

 

En el caso de las empresas, aunque si no saben que sus empleados conducen sin puntos, no se les puede imputar un delito, sí tienen responsabilidad civil en el caso de accidente ya que tendrían que hacer frente a las indemnizaciones correspondientes.

 

Por ello, esta medida permitirá al empresario conocer la situación de sus empleados, ya que pudiera darse el caso de que alguno omitiese que carece de puntos del carné para evitar un despido.

 

 


Protección de datos

 

En su instrucción, la DGT ha dejado claro que esta medida no vulnera la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, ya que "este precepto proporciona cobertura legal suficiente para que mientras se desarrolla la relación laboral y previa petición del empleador, se le comuniquen determinados datos de carácter personal del empleado sin necesidad del consentimiento de éste, tal como ha reconocido la Agencia de Protección de Datos".

 

Justificación

No obstante, la DGT aclara que "la cesión de datos debería limitarse a la finalidad que la justifica, que no es otra que la de conocer por parte del empresario si el permiso o licencia de conducción del trabajador mantiene o ha perdido su vigencia, único dato directamente relacionado con el cumplimiento de la relación laboral existente entre ambos. Por ello, no deberá facilitarse ningún otro dato del registro". 



08/07/2015

Normativa de tráfico en que le afecta como ciclista.


¿Qué obligación tengo como ciclista cuando voy por ciudad?
¿Por dónde debo circular?

 

 

Respecto la circulación de ciclistas por ciudad, en la actualidad, existe un gran confusionismo porque muchos ayuntamientos han aprobado normas específicas de circulación en sus ordenanzas, que van en contra de lo establecido en la ley. Hay ayuntamientos, por ejemplo, que permiten la circulación de bicicletas por la acera y se están produciendo sentencias judiciales anulando dichas normativas.

 

 

En los demás casos, serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos. Por ejemplo, si se trata de un paso para peatones, y así está señalizado, el ciclista ni siquiera podría cruzarlo transversalmente, para hacer un giro o un cambio de sentido, o cruzar a la acera de enfrente, salvo que se bajara de la bicicleta y la llevara a pie, en cuyo caso si gozaría de prioridad porque dejaría de ser un ciclista para convertirse en peatón.

 

Y respecto del resto de las normas de tráfico,conviene recordar que también son de obligado cumplimiento para los ciclistas, por ejemplo, las tasas de alcoholemia o la prohibición de llevar auriculares o hablar por el móvil.

 

Ciclistas y prioridad de paso en intersecciones y cruces

 

 

El Artículo 59 del Reglamento General de Circulación, relativo a las intersecciones establece que: "Aun cuando goce de prioridad de paso, ningún conductor deberá penetrar con su vehículo en una intersección o en un paso para peatones o para ciclistas si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal".

 

También conviene recordar el Artículo 64 que indica que: "Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando, circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta".

 

¿Pueden los ciclistas circular por la acera a la velocidad que quieran?¿Pueden los ayuntamientos pintar una bicicleta en la acera y que por ella circulen legalmente los ciclistas?

 

 

A la primera cuestión la respuesta es no.

 

 

Respecto a la segunda, existe una reciente sentencia del Tribunal Supremo que aclara que si en una acera (que es un lugar reservado en exclusiva para los peatones), se señaliza y delimita un carril para la circulación de bicicletas, ésta deja de estar reservada en exclusiva a la circulación de peatones, y se convierte en una zona de uso compartido.

 

Pero si no está señalizado expresamente ese carril-bici, por la acera no pueden circular más que peatones.

 

¿Están obligados los ciclistas a circular con casco y con chaleco reflectante?

 

 

Los ciclistas están obligados, como el resto de los usuarios, a cumplir las normas de tráfico que les sean de aplicación. Sobre el uso del casco, los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas, o en condiciones extremas de calor. (En la actualidad, existe un proyecto para ampliar su uso a menores en vías urbanas).

 

Respecto del chaleco, cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de bicicletas llevarán, además, colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulan por vía interurbana.
¿Pueden llevar puestos auriculares y circular por las aceras entre los peatones?

 

Respecto de los auriculares y la circulación por las aceras, también les afecta la prohibición general establecida en el Reglamento General de Circulación.

 

¿Cómo puedo denunciar el incumplimiento de las medidas obligatorias?

 

La denuncia por hechos de la circulación la puede hacer ante un agente de la autoridad, o ante la propia autoridad con competencia en materia de tráfico (DGT, Gobierno Vasco, Generalitat de Cataluña o Ayuntamientos) con aportación de pruebas o testimonios de la infracción.

 

¿Te pueden quitar puntos por ir en bici sin casco, circular por lugares reservados para peatones o saltarte un semáforo en rojo?

 

No. El Anexo II de la Ley de Seguridad Vial establece que: "La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir". Y hasta la fecha, la conducción de bicicletas no exige ninguna autorización.

 

Si un ciclista quiere atravesar un paso de peatones, ¿debe detenerse el conductor de un vehículo?

 

Respecto a la preferencia de paso de un ciclista sobre un automóvil en un paso de cebra sólo tendría prioridad de paso en el caso de que el ciclista circulara por un carril bici o un paso para ciclistas debidamente señalizado, ya que si se trata de un paso para peatones, y así está señalizado, el ciclista ni siquiera podría cruzarlo transversalmente, para hacer un giro o un cambio de sentido, o cruzar a la acera de enfrente, salvo que se bajara de la bicicleta y la llevara a pie, en cuyo caso si gozaría de prioridad porque dejaría de ser un ciclista para convertirse en peatón.

 

¿Pueden dos ciclistas circular en paralelo?

 

 

El art. 54 del Reglamento General de Circulación autoriza la circulación en grupo de los ciclistas, pero ir en grupo no significa ir en pelotón.

 

 

Dicho precepto establece que los ciclistas circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.

 

 

En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.

Las bicicletas, excepcionalmente,pueden circular en posición paralela, en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso.

 





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08/07/2015

Si se tiene un golpe con un coche extranjero ¿A quién reclamo?


Quizás usted haya colisionado en al­guna ocasión con un ve­hículo matriculado en el ex­tranjero.
Al nerviosismo que ya de por sí provoca el percance se añade, en muchas ocasiones, el problema del idioma que impide en­ten­der­se con el conductor que le ha provo­cado los daños.
Y ahora ¿a quién reclamo? se pre­gun­tará usted. ¿Tendré que re­clamar a la com­pañía del que me ha cau­sado los da­ños que se en­cuen­tra, por ejemplo, en Fran­­­cia, Alemania o el Reino Unido? La respuesta
es no.
Si el vehículo está asegurado

En este caso, la reclamación se hará al representante en España de la aseguradora extranjera dando el parte igual que si fuese cualquier otro siniestro ocurrido con un vehículo matriculado en nuestro país.
Para ello, es muy importante tomar bien los datos de vehículo con el que se haya colisionado (datos del conductor y de la aseguradora).

Si el vehículo no está asegurado
En este caso, el Consorcio de Compensación de Seguros español asumirá el pago de los daños siempre que se trate de un vehículo matriculado en el territorio del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Chipre, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Lituania, Letonia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania y Suecia) y de los Estados adheridos al Acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembros del Espacio Económico y de otros Estados asociados (Albania, Andorra, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Croacia, Macedonia, Irán, Israel, Marruecos, Moldavia, Serbia-Montenegro, Suiza, Túnez, Turquía y Ucrania).





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27/06/2015

 

PLAN PIVE 8, Más presupuesto...pero menos dinero por operación.

El Ministerio de Industria ha puesto en marcha el Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, Plan Pive 8, que cuenta con una dotación de 225 millones de euros, frente a los 175 millones del año pasado.

MENOR APOYO ECONÓMICO

 

El Plan PIVE 8 mantiene las características principales de las ediciones anteriores, si bien como novedad reduce a 1.500 euros (antes 2.000 euros) la ayuda para la compra de un vehículo eficiente.
No obstante, para el caso de familias numerosas que adquieran vehículos de más de cinco plazas y discapacitados de movilidad reducida que necesiten vehículo adaptado, la ayuda se mantiene en 1.500 euros más un descuento análogo por parte del fabricante o punto de venta.



TITULARIDAD DEL VEHÍCULO

Además, se mantiene la obligatoriedad de que el beneficiario tenga la titularidad del vehículo a achatarrar al menos durante el año anterior a la fecha de solicitud de la ayuda. Asimismo, el vehículo a achatarrar deberá contar con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente.




LO QUE DEBE SABER SOBRE EL PLAN PIVE-8


BENEFICIARIOS

- Particulares, profesionales autónomos, microempresas y pymes.


AYUDAS

 

- La cuantía de la ayuda pública es de 750 euros, a los que se sumará el descuento que ha de aplicar el punto de venta y que será, como mínimo, de 750 euros. El descuento, por tanto, es de 1.500 euros como mínimo.

- En caso de vehículos de más de 5 plazas para familias numerosas o de vehículos para discapacitados, la ayuda se mantiene en 1.500 euros más un descuento análogo por parte del fabricante o punto de venta.


VEHÍCULOS A ACHATARRAR

- Comerciales (N1) de más de 7 años.- Turismos (M1) de más de 10 años.


REQUISITOS

 

El precio de adquisición de los vehículos no podrá superar, antes de IVA o IGIC:

 

- 25.000 euros, salvo para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas y vehículos para discapacitados donde el precio no deberá superar los 30.000 euros.

 

- 40.000 euros, en el caso de las subvenciones destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida.

- 20.000 euros, en el caso de las subvenciones destinadas a la adquisición de turismos convencionales (gasolina o diésel) que se encuentren clasificados como clase energética B y cuenten con emisiones de CO2 superiores a 120 g/km.







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27/06/2015

 

¿Es delito difundir la ubicación de los radares por WhatsApp?

 

La Guardia Civil ha realizado la primera detención en España vinculada con la difusión de datos de controles de tráfico a través de grupos de WhatsApp y ha puesto a disposición de la justicia el caso por un supuesto delito de revelación de secretos.
Al parecer, el detenido difundió a través de este popular servicio de mensajes una imagen en la que incluía datos de los lugares en los que se iban a instalar los radares de la Guardia Civil de Tráfico en la provincia de Pontevedra durante una jornada. 
El Juzgado de Instrucción número 1 de Pontevedra ha decretado el secreto de sumario, y fuentes próximas a la investigación han indicado que se esperan más detenciones en relación con estos hechos.

 

 

Pero ¿es esto delito?

 

El problema de este tipo de acciones no radica en difundir hechos o informaciones que un automovilista puede conocer de forma lícita por observación directa como, por ejemplo, cruzarse con un radar en su camino, sino en revelar información sin autorización que, o bien afecta a la intimidad de las personas, o bien se ha obtenido de forma ilícita (ej, pinchazos telefónicos).
También se comete delito al difundir secretos o informaciones conocidas por razón del cargo (por ej. dar un chivatazo de una redada que se va a producir en un club de alterne), y este es el supuesto más probable por el que se siguen las investigaciones, con la finalidad de averiguar de dónde ha partido la filtración, ya que la información difundida sólo podía ser conocida por funcionarios al tratarse de la futura ubicación de controles policiales.

 

¿Qué dice el Código Penal?

  

Artículo 197.


1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
 

Artículo 199.

1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

 2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.
  
 

 Artículo 417.

 

 1. La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

 Si de la revelación a que se refiere el párrafo anterior resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a cinco años.

 

 2. Si se tratara de secretos de un particular, las penas serán las de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a dieciocho meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
  
 

 Artículo 418.

El particular que aprovechare para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada que obtuviere de un funcionario público o autoridad, será castigado con multa del tanto al triplo del beneficio obtenido o facilitado. Si resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a seis años.







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27/06/2015

Aparcar en la plaza de garaje de otra persona es una coacción tipificada en el Código Penal.

 

Una reciente sentencia del Juzgado de Instrucción nº2 de Oviedo ha condenado a un conductor que aparcó en una plaza de garaje propiedad de otro vecino.

 

Según se recoge en la sentencia, contra la que cabe recurso, no es creíble la versión del acusado que afirmó que aparcó allí por equivocación y sólo estuvo unas horas ya que "está claro que él no tenía plaza en ese aparcamiento, y no podría dejar de saber que la de sus padres era otra distinta, que tampoco ha acreditado que fuera siquiera colindante".

Además, señala la sentencia, que la denunciante ya había denunciado con anterioridad a otra persona de esta familia por haber aparcado otro vehículo en su plaza de aparcamiento.

Por ese motivo, se condena al conductor como autor responsable de una falta de coacción prevista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal a la pena de multa de 10 días, con una cuota diaria de 5 euros (total 50 euros), con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas impagadas y a indemnizar a la dueña de la plaza de garaje con 12 euros que es el importe de aparcar el vehículo en un estacionamiento público durante ese día.



Este tipo de hechos se producen con cierta frecuencia en los garajes de urbanizaciones de residencias veraniegas en las que los propietarios no residen todo el año.

LO QUE DICE LA LEY

 El artículo 620 del Código Penal establece que serán castigados con la pena de multa de diez a veinte días:

2.º Los que causen a otro una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito.









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06/06/2015

Multa por aparcar en zona de minusválidos.

He recibido una multa por aparcar en zona de minusválidos. El agente de la policía local estaba fuera de servicio paseando con su familia. ¿Es correcta esta multa? ¿Se puede recurrir por estar fuera de servicio? ¿Los agentes fuera de servicio mantienen la presunción de veracidad?.
Sólo tienen presunción de veracidad las denuncias formuladas por agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico. Pero aunque en el caso que nos planteas falta una de las dos condiciones, eso no quiere decir que la denuncia sea inválida por ese motivo, ya que el Alcalde tendrá que valorar tanto la denuncia  



 




 

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06/06/2015
No habrá carné para ciclistas.

 

La Dirección General de Tráfico ha desmentido algunas informaciones publicadas a raíz del encuentro sobre la bicicleta celebrado el pasado sábado en el Centro Superior de Educación Vial de Salamanca de Tráfico, en las que se decía que tenía intención de implantar un carné para ciclistas, la matrícula y un seguro para las bicicletas.

 

El encuentro tuvo como fin reunir a los agentes sociales, asociaciones e instituciones ligadas al mundo de la bicicleta para conocer de primera mano las diferentes visiones de los protagonistas. En el foro, cuyo único objetivo era “promover el uso de la bicicleta y mejorar las condiciones de uso de la misma como medio de transporte seguro y sostenible” ya se puso de manifiesto que la DGT NO tenía ninguna intención de implantar carnet, matrícula ni seguro para las bicicletas.

 

La jornada tuvo una excelente acogida por parte de la inmensa mayoría de los colectivos. Y de las conclusiones se deduce que la mayoría de colectivos "están de acuerdo en la necesidad de elaborar un Plan Estratégico de la bicicleta, con la participación de las administraciones, asociaciones y colectivos de cciclistas, para definir las directrices básicas". Y para ello se ha encargado al Grupo de Trabajo 44, encargado de temas de ciclistas y que funciona en el seno del Consejo Superior de Tráfico, que siga avanzando en este terreno.

 

En las jornadas se destacó "la necesidad de formación, voluntaria, para los ciclistas y valorar la inclusión en seguros personales o de hogar, también voluntaria, de una cobertura para ciclistas"

 

 

 Conclusiones del encuentro

  •  

    Elaboración de un Plan estratégico de la bicicleta, dinámico y realista, que ponga en valor y potencie su uso como medio de transporte y marque directrices e indicadores para su evaluación y seguimiento. Estos indicadores se centrarán en aspectos como: costes energéticos, movilidad, salud, empleo, seguridad vial, infraestructuras…, siempre en conexión con los municipios, las empresas del sector de la bicicleta, las universidades y demás entidades afectadas.

  •  

    Para su elaboración se contará con la participación de las diferentes administraciones (central, autonómica y local), así como asociaciones y otras entidades de ciclistas y de cuantas materias estén vinculadas al uso de la bicicleta y su movilidad sostenible y segura.

  •  

    El Plan sobre la bicicleta contendrá las directrices básicas para su posterior adaptación a los diferentes ámbitos de aplicación.

  •  

    Para el desarrollo del Plan, se plantea la conveniencia de encomendar la tarea al Grupo de Trabajo 44 sobre ciclistas, constituido en el seno del Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial y Movilidad Sostenible de la DGT, al que se podrán incorporar nuevos participantes a fin de contemplar los diferentes aspectos expuestos en esta sesión de trabajo.

  •  

    Para garantizar una movilidad segura y sostenible es preciso que se establezcan los contenidos mínimos formativos, no solo para los conductores de bicicleta, sino para todos los usuarios de la vía pública. Estos contenidos giraran en torno a los siguientes ejes:

    •  

      Cambio de paradigma: de la motorización a la movilidad segura, sostenible y saludable.

    •  

      Los valores sociales aplicados a la movilidad y la convivencia ciudadana entre todos los usuarios de las vías.

    •  

      Los colectivos vulnerables, tanto en movilidad como en riesgo social, se incorporarán de forma transversal.

 

Estos contenidos se transmitirán a través de todos los agentes sociales representados e implicados en la materia. 

  •  

    La formación se plantea como voluntaria, fomentada por políticas de incentivos y bonificaciones, y respaldada por la red de colaboradores con capacidad de difusión.

  •  

    La formación no se circunscribe al ámbito formal como pueda ser el educativo, sino que también habrá de fomentarse en contextos no formales como las empresas, las asociaciones, la administración local, etc.

  •  

    Es importante destacar que los agentes implicados para impartir esta formación habrán de tener experiencia en el uso y manejo de la bicicleta en los diferentes entornos.

  •  

    Para la movilidad segura de los ciclistas se identificarán las posibles soluciones, cuya aplicabilidad vendrá condicionada a las características de la infraestructura, pero velarán en todo caso por la convivencia pacífica.

  • Valorar la inclusión en los seguros personales o de hogar de una cobertura a los ciclistas, en caso de robo o accidente.

 



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06/06/2015

Si los vehículos tienen garantía de 2 años,¿por qué lo limitan a 100000km?

 

La ley dice que los coches tienen una garantía de dos años como cualquier otro bien de consumo en España, ¿por qué luego se permiten poner una limitación de 100.000 km? 


RESPUESTA

Se debe distinguir entre lo que cubre la garantía legal y lo que cubre la garantía contractual.

La primera establece que el vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario productos que sean conformes con el contrato, respondiendo frente a él durante dos años de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del producto. En esta garantía la ley no establece limitación alguna, salvo los plazos para determinar a quién corresponde la carga de probar que el vehículo venía con defectos cuando lo compraste: Si la anomalía se detecta en los 6 primeros meses desde la venta se presume que el coche ya venía con el problema. Pasado ese plazo, es al consumidor a quién corresponde probar el defecto.

Respecto de la segunda garantía, la garantía contractual, se puede pactar lo que se quiera, entre ellas un límite de kilómetros porque tienes derecho a exigir aquello que expresamente este cubierto y sólo eso. Pero la garantía contractual no anula aquellos derechos que tengas reconocidos en la garantía legal, ya que ambos son compatibles y complementarios.





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01/06/2015
Cuatro de cada diez sillas de coche infantiles suspenden en seguridad.

 

El 37% de las sillitas infantiles para el coche no cumple los mínimos de seguridad. Esa es la preocupante conclusión a la que ha llegado el Informe Europeo de Sistemas de Retención Infantil (SRI),(RACE)y que analiza la seguridad,el uso y la instalación de 30 modelos y marcas.

13 de las marcas es "satisfactoria", seis obtienen el aceptable, y 11 suspenden, de las cuales ocho con la peor de las notas.

Se aconseja, que el comprador se informe de la oferta existente en el mercado tanto de modelos como de características de seguridad, y que, una vez tomada la decisión, "se acceda al punto de compra con el vehículo y el niño con el fin de conocer de primera mano la instalación" para conocer cada detalle de seguridad y que el menor esté cómodo. Recuerda, asimismo, que los niños deben ir siempre sin abrigos, para que el cinturón de seguridad sea lo más efectivo posible. 





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01/06/2015

El Congreso de los Diputados aprueba una proposición no de Ley en la que insta al Gobierno a incluir la educación vial en Primaria y Secundaria.
El Congreso ha aprobado este miércoles una proposición no de Ley en la que insta al Gobierno a incluir la educación vial como una materia con "carácter evaluable y obligatorio", en la educación primaria y secundaria obligatoria.
"El Congreso de los Diputados insta a las administraciones competentes a reforzar la formación sobre educación vial, en las etapas de educación primaria y secundaria obligatoria y a colaborar con los centros para la elaboración de unidades didácticas específicas que tengan carácter evaluable y obligatorio", afirma el texto remitido al Gobierno.
El objetivo es "contribuir de forma más intensa y eficaz en la necesaria prevención de los accidentes de tráfico, e impulsar la seguridad vial en el currículo escolar, especialmente, a lo largo de la educación primaria".



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01/06/2015

Descansar y tomar un café mejora el rendimiento del conductor.

El consumo de café mejora la velocidad de respuesta y la precisión en las tareas de conducción y reduce los incidentes relacionados con la fatiga.

Reduce un 7,7% el tiempo de reacción la fatiga y la somnolencia están presentes en el 30% de los accidentes de tráfico y que "un conductor fatigado toma más decisiones inadecuadas".el consumo de café y un descanso correcto, al que fueron sometidos los conductores fatigados o somnolientos, reducen un 36,3 el número de 'pisadas' en las líneas de la calzada, y disminuye un 7,7% el tiempo de reacción,"A 120 kilómetros por hora, significaría reducir unos 33 metros la distinacia de frenado". También se ha demostrado que reduce un 25,9% la sensación de somnolencia.
El café acompañado de un buen descanso.
La importancia de la fatiga y la somnolencia en la conducción 
El sueño y la fatiga son dos importantes factores de riesgo en la conducción, provocando accidentes como alcances traseros, salidas de la vía o invasiones del carril contiguo. De hecho, la fatiga es considerada la cuarta causa de mortalidad en las carreteras españolas , y según la DGT está relacionada con el 20-30% de los accidentes de tráfico. Por otra parte, se calcula que la somnolencia es responsable (directa o indirectamente) de uno de cada tres accidentes de tráfico relacionados con el fallo humano. De hecho, según la Sociedad Española del Sueño (SES) casi el 70% de los conductores afirma haber sentido sueño en alguna ocasión mientas conducía.



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22/05/2015

 

Radares y velocidad, las medidas de la DGT para reducir la siniestralidad

Controlar de forma efectiva la velocidad , sobre todo en las carreteras convencionales ( registran 8 cada 10 fallecidos en accidente de tráfico ) , es para la Dirección General de Tráfico un factor esencial para mejorar la seguridad vial y reducir la siniestralidad , puesto que , en caso de accidente , la velocidad es el componente fundamental que determina la gravedad y el grado de lesión de las víctimas .


La DGT va a unificar el umbral de tolerancia con el que actúan los radares,el ciudadano conocera a la velocidad a la que empiezan a sancionar, independientemente de la zona (ámbito de la DGT) por la que se circule. El umbral de tolerancia será de 7 kilómetros si la velocidad del vehículo es inferior a 100 km/H y del 7% si es superior a dicha velocidad.TOLERANCIA 7 EN LOS RADARES

 

El umbral de tolerancia se fija en 7 km/h, si la velocidad del vehículo es inferior a 100 km/h y de 7% si el límite de velocidad es superior a dicha cifra. Todos los radares, tanto fijos como móviles, aplicarán este margen de tolerancia. Excepto los que operen a bordo de aeronaves. 

 

Limitación de velocidad (genérica o específica)

30  40  50  60  70  80  90  100  110  120

Velocidad de activación de cinemómetro          

38  48  58  68  78  88  98  109  120  131

 

 

Para hallar la tolerancia 7% hay que encontrar la cifra a la que restando la tolerancia encontremos un valor de velocidad por encima del permitido (es decir que siga siendo infracción). Así:

 

Para límite de 100 km/h

7% de 109 = 7,63 (redondeando 8) y 109 - 8 = 101

 

Para límite de 110 km/h         

7% de 120 = 8,4 (redondeando 9) y 120 - 9 = 111

 

Para límite de 120 km/h         

7% de 131 = 9,17 (redondeando 10) y 131 - 10 = 121

ASI FUNCIONAN LOS RADARES

En la actualidad la DGT utiliza tres tipos de radares: micro-ondas, de tramo, y embarcado en helicoptero, el llamado Pegasus. Cada uno de ellos emplea un mecanismo de funcionamiento diferente:


Los radares de micro-ondas: utilizan un haz de micro-ondas que rebota en los vehículos volviendo al radar. Éste detecta la velocidad del vehículo en función de la variación de la longitud de onda que rebota en dicho vehículo. Cuando detecta un exceso de velocidad, realiza una fotografía en la que encripta los datos del infractor y la infracción y la envía a la DGT para que la tramite.


Los dispositivos de tramo: graban los datos identificativos de los vehículos a la entrada y salida del tramo controlado así como el momento exacto en que entran y salen del mismo. Posteriormente un procesador calcula la velocidad media a la que han recorrido la zona controlada y si ésta excede los límites de la vía se envían los datos para tramitar la sanción.


Los radares embarcados en aeronave tipo Pegasus
: funcionan haciendo tres tomas de la velocidad de un vehículo en relación a la posición GPS y velocidad de la aeronave en la están embarcados. Con esas tres mediciones se calcula la velocidad media de esas tres tomas realizadas en intervalos de un segundo y cuando dicha medición supera el límite en ese punto, se fotografía al vehículo infractor y se envían los datos necesarios para el trámite de la denuncia.  





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22/05/2015

 

Multa por no exhibir el carnet de conducir.

¿Es denunciable conducir sin el permiso, por habértelo dejado en casa? y en el caso de que sea denunciable, ¿cuál es la cuantía que se debe pagar por dicha infracción?.

Sí, es denunciable porque el conductor de un vehículo está obligado a llevar consigo su permiso de conducción y exhibirlo ante los Agentes cuando le sea requerido. Este hecho está calificado como infracción leve y la sanción máxima que se puede imponer es de 100€, si bien en la práctica, Tráfico lo está sancionando con una multa de 10€.



  
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22/05/2015

Al tintar las lunas del coche ¿qué miran en la ITV?

Puedes saber que no te estafan siempre que las láminas que te instalan cumplan los requisitos establecidos en la Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio y además que esta circunstancia se haga constar en la factura que te deben entregar. Recuerda también que no se pueden instalar en el campo de visión del conductor en 180ª hacia delante.





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15/05/2015

    Fernando Alonso: "Si conduces, no bebas"

    El dos veces campeón de Fórmula 1 Fernando Alonso ha presentado en Barcelona la última edición de la campaña ‘Únete al Pacto’ , con el objetivo de concienciar a nivel mundial sobre la incompatibilidad de alcohol y conducción .

    - La iniciativa tiene como lema el ya familiar “Si conduces , no bebas” , está promovida por el productor de bebidas alcohólicas Diageo a través de su marca Johnie Walker , patrocinadora de la escudería McLaren-Honda , y anima al consumo 0 al volante a través de las redes sociales ( #únetealpacto ).

    - En esta ocasión , ‘Únete al Pacto’ cuenta también con el apoyo de otros dos campeones del mundo , el finlandés Mika Häkkinen , y el británico Jenson Button , actual compañero de equipo de Alonso .






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15/05/2015

Pertenecer a la UE reduce los accidentes de tráfico

    Las instituciones europeas, según el estudio de la Universidad de Sevilla, juegan un papel determinante en la disminución de los accidentes de tráfico


Coincidiendo con el Día de Europa , que se celebra el 9 de mayo , se publican dos trabajos de investigadores de las Universidades de Sevilla , Barcelona y Castilla-La Mancha , uno de ellos financiado por la Dirección General de Tráfico ( DGT ) , que determinan que los países que se incorporan a la UE reducen el nivel de siniestralidad de sus carreteras .Estos estudios han sido publicados en el Journal of European Public Policy y Transport Policy , revistas de referencia internacional .Han sido desarrollados por los profesores Jose Ignacio Castillo y Mercedes Castro de la Universidad de Sevilla , Fadega Sanjuán de la Universidad de Barcelona y Pedregal Tercero de la Universidad de Castilla-La Mancha .

" La UE es algo más que una unión económica " Los países europeos , incluido España , tras ingresar en la Unión Europea experimentan una significativa reducción de la siniestralidad .En parte , explica el profesor Jose Ignacio Castillo , " como consecuencia de poder beneficiarse del impulso recibido por las instituciones europeas y de una transnacionalizción o efecto imitación de políticas y buenas prácticas de los países con menores tasas de siniestralidad a aquellos con menos experiencia en la lucha contra esta lacra " .En diferentes cuestiones sociales , como la prevención de la siniestralidad en la carretera , actúa como un centro de alto rendimiento deportivo , que permite que atletas jóvenes mejoren su progresión al trabajar con los mejores atletas internacionales " .
España en Europa

  • En 2014, España redujo sus cifras de fallecidos, por décimo primer año consecutivo, en contraposición con países como Francia o Reino Unido, que en le mismo ejercicio sufrieron un aumento del 5 y 6% respectivamente.

  • El descenso continuado de fallecidos en España (que se viene registrando desde 2001) ha sido destacado en el último informe del European Transport Safety Council 8th PIN Report, de junio de 2014, como uno de los países (junto con Eslovaquia, Letonia y Lituania) que tuvo reducciones de siniestralidad superiores al 63%.

  • España se sitúa en el quinto lugar del mundo de países con mejor seguridad vial, con 36 fallecidos por millón de habitantes, tan solo por detrás de Suecia (28), Reino Unido (29), Dinamarca (32) y Países Bajos (34). Frente a los 52 de media de la Unión Europea. 





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15/05/2015

Multa por no pasar la ITV de un vehículo vendido.

¿Hay algún modo de que tráfico le derive la responsabilidad al nuevo propietario del vehículo aunque no haya hecho la transferencia?

No, porque como vendedor incumpliste la obligación de notificar a Tráfico la venta en el plazo de 10 días. No obstante, realiza este trámite cuanto antes para exonerarte de responsabilidad respecto de otras infracciones que se puedan producir en el futuro. Para ello sólo tienes que rellenar un impreso en Tráfico con los datos del comprado y adjuntando copia del contrato de compra-venta






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15/05/2015

Multa por usar el móvil sin determinar al infractor.¿es legal?.

Utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio de sistema de comunicación que requiera de intervención manual del conductor, con una sanción de 200 euros y tres puntos de carné. No se notificó en el acto, por el motivo: agente presta otro servicio. ¿está en la obligación el propietario de identificar al conductor sin saber quién es, no se puede alegar que corresponde al denunciante, el probar culpabilidad alguna sobre el infractor? Además, alegando que el coche posee bluetooth incorporado y que por lo tanto el uso hablando por el móvil no sólo no es real, y no existe una prueba documental si no que lo único que pudo ver tal agente es aceptando dicha llamada para posteriormente ser contestada a través del dispositivo que marca la ley de tráfico.

La denuncia es inválida porque no cumple los requisitos establecidos en el Art. 76 de la Ley de Seguridad Vial respecto de las causas que permiten notificar las denuncias sin parar al conductor en el momento de cometerse la infracción, ya que el hecho de que el agente estuviera prestando otro servicio no es legalmente un motivo que justifique la no detención del supuesto infractor.



 







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15/05/2015

¿Se puede retirar un vehículo estacionado en zona de estacionamiento regulado sin ticket?

Si. El Art. 85 de la Ley de Seguridad Vial autoriza la retirada del vehículo con la grúa y su traslado al correspondiente depósito "Cuando un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza, o cuando se rebase el triple del tiempo abonado conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal"




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06/05/2015

¿Se puede conducir en España con permiso de conducir obtenido en el extranjero?

A efectos de la aplicación del presente reglamento se entenderá por «residencia normal» el lugar en el que permanezca una persona habitualmente, es decir, durante al menos ciento ochenta y cinco días por cada año natural, debido a vínculos personales y profesionales, o, en el caso de una persona sin vínculos profesionales, debido a vínculos personales que indiquen una relación estrecha entre dicha persona y el lugar en el que habite.
No obstante, la residencia normal de una persona cuyos vínculos profesionales estén situados en un lugar diferente del de sus vínculos personales y que, por ello, se vea obligado a permanecer alternativamente en diferentes lugares situados en dos o varios Estados, se considera situada en el lugar al que le unan sus vínculos personales, siempre que vuelva a dicho lugar de una forma regular. Esta última condición no será necesaria cuando dicha persona permanezca en un Estado para desempeñar una misión de una duración determinada. La asistencia a una universidad o escuela no implicará el traslado de la residencia normal.
En todo caso, únicamente se entenderá por residencia normal la permanencia en España en situación regular que deberá ser debidamente acreditada, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social."



 


 







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06/05/2015
¿Se puede conducir medicado?

En la actualidad el Artículo 27. del Reglamento general de Circulación establece bajo el epigrafe " Estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas." lo siguiente:

1. No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido o incorporado a su organismo psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro.
2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de muy graves, conforme se prevé en el artículo 65.5.a) del texto articulado.

Esta regulación normativa está actualmente en proceso de modificación, ya que en el Congreso se está tramitando una modificación de la Ley de Seguridad Vial que va a sancionar no sólo "la conduccción habiendo ingerido o incorporado a su organismo psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro", sino la simple presencia de dichas sustancias aunque no exista alteración alguna.

La multa se pretende incrementar de los actuales 500€ a 1000€. Además está infracción conlleva la detracción de 6 puntos, que no se modifica.
El médico es quien puede valorar el medicamento, porque es él quién mejor puede determinar su sensibilidad particular a los medicamentos.
Cuestión distinta es cuando se produzca la reforma legal en marcha que sancionará la simple presencia, si bien hay una excepción prevista para el supuesto de "aquellas substancias que se consuman bajo prescripción facultativa y con una finalidad rehabilitadora, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción establecida en el artículo 9."
Renovación del permiso
La consulta que nos hace tiene otra vertiente, relativa a su renovación del permiso de conducir, ya que el Reglamento General de Conductores no admite el consumo habitual de sustancias que comprometan la aptitud para conducir sin peligro, ni el consumo habitual de medicamentos que, individualmente o en conjunto, produzcan efectos adversos graves en la capacidad para conducir, si bien excepcionalmente y con informe médico favorable, el medicamento o medicamentos indicados no influya de manera negativa en el comportamiento vial del interesado, en cuyo caso sí se podrá obtener o prorrogar permiso o licencia, reduciendo, en su caso, el período de vigencia según criterio facultativo.









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06/05/2015

¿Es obligatorio llevar el recibo del seguro?

No, desde la entrada en vigor de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, que derogó en noviembre de 2010, los dos últimos párrafos del artículo 3.1 apartado b),del Texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, así como el apartado tercero del artículo 14 de su reglamento de desarrollo: Dichos artículos establecían una sanción de 60 euros a quién no presentara la documentación acreditativa de la existencia del seguro (que no de su vigencia), así como la posibilidad de ordenar el inmediato precinto y depositó del vehículo si en el plazo de cinco días no se justificaba la existencia del seguro. Pero insistimos, hoy están derogados. Si bien es cierto que el Artículo 14. del Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la Circulación de Vehículos a Motor establece que "Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio" ."quedará acreditada la vigencia del seguro mediante el justificante de pago de la prima del periodo de seguro en curso, siempre que contenga, al menos, la identificación de la entidad aseguradora, la matrícula, placa de seguro o signo distintivo del vehículo, el periodo de cobertura y la indicación de la cobertura del seguro obligatorio."








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06/05/2015

¿Es legal conducir moto de día sólo con luces LED?
En los concesionarios afirman que con estas luces LED ( exclusivamente ) se puede circular durante el día cumpliendo la normativa .Sin embargo , la normativa obliga a las motos a llevar las luces de cruce encendidas durante el día .Ha habido un par de casos donde la Guardia Civil ha denunciado a motoristas por llevar solo las luces LED durante el día.


De acuerdo con el Art. 104 del Reglamento General de Circulación sería legal si esas luces LED constituyeran el alumbrado de corto alcance o cruce de la moto. El problema surge cuando esa luces LED son faros adicionales que funcionan de forma independiente al alumbrado de cruce y especialmente cuando se trata de faros no contemplados en la homologación tipo de la moto, ya que el Manual de Reformas de Vehículos, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio: considera como reforma de importancia tanto la adición como la modificación o sustitución de las luces de circulación diurna y en consecuencia debe legalizarse. En cualquier caso, existe una instrucción de abril de 2011 de la Dirección general de Tráfico, en la que se indica que "los agentes encargados de la vigilancia del tráfico no deben formular denuncias sobre las luces de circulación diurna en los vehículos."







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06/05/2015

DGT : más seguridad vial , menos víctimas

Las cantidades procedentes de las sanciones tienen como objetivo principal la seguridad vial

Competencias de la DGT El referido estudio , o las noticias publicadas , cita como fuente de su información a la DGT , cuando en realidad , en España , además de la DGT , hay diferentes organismos que tienen la competencia sancionadora en materia de tráfico interurbano , como el Gobierno Vasco , la Generalitat de Catalunya , además de los más de 2 . 300 ayuntamientos en sus respectivos ámbitos de competencia , de cuya actividad sancionadora la DGT no recibe datos . Es decir , es erróneo atribuir los datos que en ese informe se manejan únicamente a este organismo . La DGT sí tiene información sobre los puntos detraídos en relación a las sanciones impuestas por cualquier organismo con competencia en esta materia.



Denuncia, sanción y multa

Se debe tener en cuenta que los términos denuncia, sanción y multa no corresponden a los mismos conceptos, aunque en ocasiones se les asigne el mismo significado.

  • Denuncia. Es la forma ordinaria que existe para iniciar un procedimiento sancionador de tráfico, y que se inicia con la actuación de un agente de la autoridad que observa una infracción. Puede notificarse en el acto o no. Junto con las denuncias, en los últimos años van ganando importancia los medios técnicos automáticos para la captación de infracciones como foto-rojo, radares, lectores de matrículas. En estos casos, la denuncia se sustituye por una incoación del procedimiento por parte de la Autoridad competente.

  • Sanción. Es el resultado de la tramitación en tiempo y forma de la denuncia. Y el reproche social que impone la Ley cuando se ha cometido una infracción de tráfico y se ha seguido el procedimiento legalmente establecido. Desde el año 2009, la única sanción que existe en las infracciones de tráfico es la multa, pues los puntos no son una sanción.

  • Multa. Coloquialmente, el término 'multa' se equipara a la denuncia por la comisión de una infracción de tráfico. Desde un punto de vista más jurídico, la 'multa' es la sanción que corresponde por estas infracciones (Art. 76 LSV). Hasta el año 2009, la sanción era multa y suspensión del permiso de conducción, pero ahora la sanción sólo es multa (los puntos no son sanción, aunque tengan efectos punitivos). 






 

30/04/2015

Aplicación gratuita de la DGT

 

La aplicación gratuita de la DGT, disponible para Android y para IOS, le permite:

  • Guardar las rutas más utilizadas.

  • Conocer las incidencias que hay en las carreteras.

  • Ubicación de los radares.

  • Incidencias climatológicas

  • Estado de los puertos

  • Acceso directo al teléfono de emergencias 112 y aviso sonoro en caso de incidencias graves. 





30/05/2015
 

Preparado el dispositivo para el puente de mayo
Zonas especialmente conflictivas

Este largo fin de semana, generará un importante movimiento de vehículos principalmente hacia zonas de costa de Andalucía, Levante y Cataluña; zonas turísticas de montaña y segundas residencias. Además, este periodo festivo, tendrá especial incidencia en la Comunidad de Madrid (por ser festivo autonómico el 2 de mayo) y Cádiz (por la celebración del Gran Premio de España de Motociclismo en Jerez).

 

Medidas para mejorar la fluidez

    Instalación de carriles reversibles y adicionales con conos en los momentos de mayor afluencia circulatoria y tramos en determinadas carreteras.

    Paralización de las obras en determinados tramos de vía, así como restricción a la circulación de vehículos de mercancías peligrosas y transportes especiales en determinadas carreteas de especial intensidad. La restricción se hará en horario y días determinados.

    Intensificar los controles de velocidad, alcohol y drogas para prevenir accidentes de tráfico.

    Diseño de itinerarios alternativos en función del origen y destino del viaje a realizar, para no pasar por la zona centro, que es la que mayo tráfico genera. Como novedad, se ha diseñado un itinerario alternativo de retorno de la zona de Levante al Centro.


 




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26/04/2015

Cortos que no le dejarán indiferente

  • La accesibilidad de los colectivos discapacitados es una de las cinco áreas de actuación de la DGT

Fomentar valores y actitudes viales que promuevan conductas que hagan de las vías públicas espacios de convivencia pacífica , al tiempo que previenen accidentes de tráfico , es el objetivo de los mini vídeos ( 14 en total ) que la Dirección General de Tráfico ( DGT ) ha elaborado en colaboración con la Federación de Asociaciones con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid ( FAMMA-COCEMFE ) . Esta acción se enmarca dentro de la colaboración permanente que la DGT mantiene con el colectivo de discapacitados . La accesibilidad de estos colectivos y su vulnerabilidad hacen que tengan que estar especialmente protegidos , de ahí que sea una de las cinco áreas de actuación de la DGT incluídas en el Plan Estratégico de Seguridad Vial 2010-2020 . Los guiones han sido seleccionados entre los 40 presentados en convocatoria pública que DGT y la Asociación FAMMA-CONCEMFE








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26/04/2015

La DGT los envía a los propietarios de vehículos Cero Emisiones

  • Estos distintivos clasifican los vehículos en función de su potencial contaminador y constituyen un instrumento al servicio de la movilidad segura y sostenible en las ciudades

En España hay matriculados más de 10 . 000 vehículos con ' cero emisiones locales ' , es decir , vehículos eléctricos puros ( BEV ) , vehículos eléctricos de autonomía extendida ( REEV ) , vehículos de hidrógeno ( HICEV ) y vehículos híbridos enchufables ( PHEV ) . Todos ellos recibirán en los próximos días una carta de la Dirección General de Tráfico , con el distintivo ambiental que les identifica en todo el territorio nacional . Su objetivo es facilitar a los Ayuntamientos la implantación de medidas de discriminación positiva ( fiscales , de aparcamiento , de gestión del tráfico , etc . ) en sus municipios .

Plan Aire El distintivo ambiental está inspirado en el Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera ( 2013-2016 ) en el que se afirma que el transporte por carretera es la principal fuente de emisiones , tanto las partículas en suspensión como el dióxido de nitrógeno , en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de su potencial contaminador

Pioneros en Europa La DGT ha liderado esta iniciativa pionera en Europa y en ella han participado responsables de la Dirección General de Calidad Ambiental y responsables de las grandes ciudades españolas ( Madrid y Barcelona ) . Además , ha sido consensuada con las principales marcas de automóvil que tienen plantas de producción en España , como Renault y Nissan , así como por fabricantes y empresas que apuestan por vehículos propulsados por energías alternativas , como Ecooltra , Urbaser y BMW .

Autorización para utilizar el carril VAO Este distintivo ambiental emitido por la DGT , en base a los datos obrantes en el Registro Nacional de Vehículos , evitará que cada municipio expida cualquier otro identificador que no sea reconocido en otras localidades . En el ámbito interurbano , la Resolución de 30 de enero de 2015 de la DGT por la que se establecen medidas especiales de regulación del Tráfico durante el año 2015 , autoriza la circulación de los vehículos cero emisiones por los carriles reservados para la circulación con alta ocupación ( VAO ) , incluso cuando solo vayan ocupados por su conductor . A partir de ahora , cuando se matricule un vehículo “cero emisiones” se entregará a su titular el distintivo ambiental .




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26/04/2015

Las ciudades no están adaptadas para el 22% de mayores

  • Cada año se producen más de 11.300 víctimas mayores de 65 años por accidente de tráfico en España, y cerca de 500 de ellos fallecen, la mitad atropelladas

El estudio 'Movilidad Senior , el camino de todos' , elaborado por RACE y Liberty Seguros , analiza las características de movilidad de los mayores de 65 años . Según la Dirección General de Tráfico ( DGT ) , este colectivo es especialmente vulnerable : aunque representa el 18% del total de la población , supone un 30% del total de víctimas mortales que se produjeron en 2013 por accidentes de tráfico . Es mismo año , se registraron 11 . 300 víctimas con lesiones entre mayores de 65 . Por tipo de siniestro , la mitad de los muertos pertenecientes a esa franja de edad , fallecieron por atropello , con un índice de letalidad cuatro veces superior al resto de la población . La ciudad es el lugar de mayor actividad de este grupo de población.

Hábitos de movilidad RACE y Liberty Seguros han preguntado a 670 mayores residentes en ciudades con más de 50 . 000 habitantes por sus hábitos de desplazamiento . El perfil del usuario es alguien que camina todos los días más de 5 minutos por su ciudad ( aunque baja ese ritmo en fin de semana ) y principalmente para realizar compras , con una media de edad de 73 años . El modo de transporte varía si en lugar de ir de compras o al médico ( desplazamientos que habitualmente se hacen a pie ) , se trata de trayectos por ocio o visitas a familiares , incluyéndose el coche y el autobús como medios alternativos.

El 40% cruza por donde no debe . Más del 80% reconoce caminar más de 5 minutos al día y , en la mitad de los casos solos , sin compañía . De los que caminan a diario , el 70% realiza el mismo recorrido . Este hecho facilita que los mayores de 65 años conozcan las rutas , la ubicación de los pasos de peatones y respeten los semáforos a cruzar . Pero , ¿qué sucede si no hay un paso de peatontes cerca de su trayecto ? El 40% cruza por donde no debe y reconoce hacerlo de forma habitual.

Vulnerabilidad física Uno de cada cinco usuarios reconoce tener dificultades para caminar , necesitando ayuda para sus desplazamientos; la mitad de los encuestados declara tener problemas de reacción ( una menor agilidad , andar con lentitud . . . ) y un 36% confiesa ver mal . Un hecho de especial importancia : el 15 , 9% de los usuarios de más de 65 años que tienen un problema físico para andar depende de otra persona para desplazarse





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26/04/2015

30.000 denunciados por exceso de velocidad

  • Durante la campaña, 2 conductores han sido puestos a disposición judicial por exceder en más de 80km/h la velocidad permitida

Siete días , del 13 al 19 de abril , ha durado esta campaña de vigilancia de la velocidad , que la Dirección General de Tráfico ( DGT ) ha llevado a cabo , en colaboración de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil , especialmente en carreteras secundarias y travesías . De los 735 . 496 vehículos controlados , 32 . 186 conductores han sido denunciados por exceder los límites de velocidad ( lo que representa un 4 , 4% del total ) . Dos de ellos fueron puestos a disposición judicial al superar en más de 80 km/h el límite de velocidad permitida . Carreteras convencionales y travesías Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales ( las que disponen de un solo carril en cada sentido )






Resultado de imagen de Novedoso sistema de seguridad infantil para autobús

26/04/2015

Novedoso sistema de seguridad infantil para autobús.

La empresa vasca Euraslog ha ganado el I Premio Emprendedores y Seguridad Vial que organiza Fundación Línea Directa , con un novedoso sistema de retención infantil para autobuses , único existente en el mercado y el primero que cuenta con homologación de la CEE ( Comunidad Económica Europea ) . Se trata de un dispositivo adaptable a todas las butacas de autobuses , seguro y sumamente fácil de manejar que se coloca en menos de 30 segundos . Los creadores de este sistema recibirán una dotación económica de 20 . 000 euros , en concepto de coinversión , además de formación y patrocinio . Serán acompañados , guiados y asesorados , y , en una segunda fase , cuando la iniciativa alcance suficiente grado de madurez , se les facilitará el acceso a rondas de inversión.




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16/04/2015

80% de los conductores a favor del 130 km/h.
LOS LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD EN EUROPA De los 28 países que forman parte de la Unión Europea , 17 han incorporado velocidades máximas de 130 km/h o por encima de ésta , como es el caso de Polonia o Bulgaria con 140 km/h , o en Alemania , donde lo que existe es una recomendación para circular a 130 km/h .

Cinco países , entre ellos España y Portugal , tiene 120 km/h de velocidad máxima , mientras que seis países ( de los cuales , tres son islas ) tienen 112 km/h o menos .

En el extremo se sitúa Malta , cuya velocidad máxima es 80 km/h .

El país con menor ratio de muertos por millón de habitantes es Malta , seguido de Países Bajos , y , en tercer lugar , Reino Unido .






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16/04/2015

Error al circular por una rotonda
El 80% comete un error al circular por una rotonda El 75% desconoce el uso que tiene cada uno de los carriles y el 68% conduce por un carril inadecuado 15 abril 2015 Según un estudio de Formaster , la Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Logística , Transporte y Seguridad Vial , la mayoría de los conductores dice saber cómo comportarse en una rotonda , pero el 80% comete uno o varios errores . El más común es desconocer el uso de cada uno de los carriles y posicionarse incorrectamente en ellos . Los errores más comunes en una rotonda • El 75% desconoce el uso que tiene cada uno de los carriles . El 68% de los conductores conduce por un carril inadecuado perjudicando la fluidez del tráfico , principalmente al utilizar el carril de la derecha cuando se quiere realizar la salida por la izquierda o realizar un cambio de sentido










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16/04/2015
Campaña de vigilancia de la velocidad
Campaña de vigilancia de la velocidad El 37% de los conductores españoles , según el informe SARTRE 3 , afirma superar lo límites en autopistas y autovías; el 34% en carreteras convencionales y el 11% en zona urbana 13 abril 2015 Durante la semana del 13 al 19 de abril , los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil duplicarán los controles para vigilar si los conductores cumplen los límites de velocidad establecidos en carreteras , especialmente en los más de 140 . 000 kilómetros de vías convencionales que hay en España y que representan un mayor riesgo al registrar 8 de cada 10 fallecidos . La velocidad , ya sea excesiva ( por encima de los límites establecidos ) o inadecuada ( sin ajustarse a las condiciones de la vía , el vehículo o el conductor ) fue un factor recurrente en el 22% de los accidentes.








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16/04/2015
Novedades del Baremo de Indemnizaciones
El Consejo de Ministros aprobó el viernes 10 de abril un Proyecto de Ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las peronas en accidentes de tráfico , el conocido Baremo de Indemnizaciones , que comienza su tramitación parlamentaria para su entrada en vigor , y que el Ministerio de Justicia prevé que " esté aprobado por las Cortes en este período de sesiones "

Con este nuevo Baremo , las indemnizaciones por fallecimiento o secuelas se acercan a las pagadas en Europa y se recogen supuestos no imaginados en los años 90 , como familias monoparentales , familias con hijos de otros matrimonios , etc .

Daños patrimoniales . El nuevo Baremo clarifica y regula el resarcimiento en concepto de gastos y racionaliza el cálculo del lucro cesante ( pérdida de ganancia legítima por la víctima ) , que contempla los ingresos netos de la víctima , pero también valora el trabajo no remunerado –como tareas del hogas– o la pérdida futura de trabajo de menores y estudiantes . Además , introduce un coeficiente específico para cada perjudicado que combina factores como la duración del perjuicio , el riesgo de fallecimiento y la deducción de las pensiones públicas . También distingue entre 'perjuicio patrimonial básico' o gastos razonables derivados del fallecimiento –compensados con un mínimo de 400 €– y 'gastos específicos' , que incluyen el traslado del fallecido , repatriación , entierro y funeral . Además , al tener en cuenta las nuevas estructuras familiares y la individualización de la indemnización , se mejora.

Secuelas . Se refuerza en especial la reparación a grandes lesionados , indemnizando no solo los perjuicios , sino los daños emergentes relacionados con gastos asistenciales futuros . Además , el Baremo se ha adaptado al actual estado de la Ciencia .

Lesiones temporales . El Baremo distingue entre 'gastos de asistencia sanitaria' y 'gastos diversos resarcibles' ( los necesarios y razonables que genere la lesión en el desarrollo de la vida ordinaria del lesionado , desplazamientos de familiares para atenderle , gastos para atender a los familiares menores o especialmente vulnerables de los que se ocupe el lesionado

Perjuicios extra-patrimoniales . El nuevo Baremo reestructura el perjuicio personal básico en las indemnizaciones por muerte y su relación con los perjudicados particulares , que se encuadran en 5 categorías ( cónyuge , ascendientes , descendientes , hermanos y allegados ) . Y considera que ' estos sufren siempre un perjuicio resarcible y de la misma cuantía , con independencia de que concurran o no otras categorías de perjudicados









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16/04/2015
ELPARKINSON
El parkinson es un trastorno neurodegenerativo frecuente , crónico y progresivo que suele comenzar a partir de la sexta década de vida . Puede interferir en la conducción segura , ya que se manifiesta con temblores , rigidez de manos , tronco , piernas y lentitud de movimientos , alteraciones en el equilibrio y coordinación , y en la función cognitiva , visuales , etcétera . Este trastorno afecta a 150 . 000 personas en España , según datos de la Federación Española de Parkinson ( FEP ) , quien , para luchar contra el desconocimiento de esta enfermedad y desestigmatizar a quienes la padecen , lanza la campaña #Siquieresbailamos . La música nos pone ON , en la que no solo dan a conocer la enfermedad , sino los beneficios de la música y el baile en la misma

Diversos estudios demuestran que los conductores con Parkinson presentan peor capacidad de conducción que los sanos incluso en las primeras fases de la enfermedad , debido a esos déficits motores , de coordinación , etcétera que padecen . Aunque no existe cura definitiva para esta enfermedad , se dispone de medicamentos que permiten un tratamiento satisfactorio y que controlan la sintomatología . No obstante , algunos de sus efectos sobre el sistema nervioso central pueden interferir en la capacidad para conducir , por lo que siempre deben consultarse al médico.









 



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9/04/2015
       Balance Semana Santa 33 personas fallecen en carretera , 4 menos que el año pasado Los fallecidos en moto han aumentado computándose 12 frente a los 7 fallecidos de la Semana Santa anterior

       33 personas han fallecido en los 31 accidentes de tráfico registrados en esta Semana Santa . Durante estos diez días y medio se han producido 13 , 8 millones de desplazamientos de largo recorrido , un 7 , 28% más que los viajes que se produjeron en la Semana Santa del 2014 . Aún así , se han fallecido 4 personas menos que el año pasado . La siniestralidad de esta Semana Santa junto con la del 2013 es la más baja desde 1960 . Características de la accidentalidad . Con los datos disponibles , los vehículos implicados en accidentes mortales tenían una antigüedad media de 14 para los turismos ( 11 años para las motos y 15 años para las furgonetas ) . Pese a que los fallecidos en vías convencionales han disminuido respecto del año anterior , 25 frente a los 32 del año pasado.





Resultado de imagen de apnea del sueño Resultado de imagen de apnea del sueño
 

16/02/2015
APNEA DEL SUEÑO
El síndrome de apnea del sueño , que afecta al 4% de la población , es un transtorno que , si no se trata precozmente , puede tener un gran impacto en la salud y , además , afecta considerablemente a la conducción .

El Día Mundial del sueño , que se celebra este año el 13 de marzo , está focalizado especialmente , aunque no exclusivamente , en el problema del insomnio , entendido como la dificultad de conciliar el sueño , despertares durante la noche o levantarse por la mañana con la sensación de no haber descansado lo suficiente . Padecer insomnio , que afecta en torno a un 30-45% de la población adulta , aumenta el riesgo de sufrir alteraciones cardiovasculares , déficits cognitivos y de memoria . Las personas con sueño fragmentado y no reparador suelen presentar hipertensión arterial , diabetes , obesidad y otros trastornos médicos . Entre los transtornos del sueño más comunes ( afecta aproximadamente al 4% de la población ) se encuentra el síndrome de Apnea/Hipopnea Obstructiva del Sueño ( SAHOS ).

Transtornos del sueño y seguridad vial

• Insomnio : Dificultad frecuente para iniciar o mantener el sueño . Causa fatiga , irritabilidad , problemas de concentración y somnolencia ( especialmente al tomar medicación )

• Hiperinsomnia : Somnolencia excesiva con episodios prolongados de sueño nocturno y facilidad exagerada para quedarse dormido durante el día . Produce somnolencia persistente , ataques de sueño , problemas de concentración , bajo nivel de alerta , conducción automática y consumo de estimulantes ( cafeína ) .

• Narcolepsia : Aparición de ataques súbitos e irresistibles de sueño durante el día . Puesto que podría sufrir un ataque en cualquier momento , siendo imposible eitarlo o reaccionar adecuadamente , es muy peligroso conducir .

• Trastornos respiratorios : Insomnio o somnolencia derivados de una patología respiratoria o alteración en la ventilación ( por ejemplo , apneas del sueño ) . Causa somnolencia persistente , fatiga , irritabilidad y problemas de concentración .


 



 

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16/02/2015

GLAUCOMA
Glaucoma contra la conducción segura El Día Internacional del Glaucoma –que se celebra todos los 12 de marzo– es un buen momento para recordar cómo afecta esta enfermedad visual a la conducción , ya que por tratarse de un deterioro progresivo e indoloro , puede pasar desapercibido . Se trata de una enfermedad del nervio óptico que se produce , en la mayoría de los casos , por la acumulación de humor acuoso –el líquido del ojo– en el interior del globo ocular , ocasionando sobrepresión y elevación de la presión intraocular . Afecta al 1 , 5% de la población , aunque la incidencia aumenta al 2% por encima de los 40 años . Puede afectar a cualquier persona , aunque enfermedades como la diabetes o miopías altas , problemas circulatorios , hipertensión arterial y antecedentes hacen que exista una mayor predisposición .




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 16/03/2015
Campaña de vigilancia.
Campaña de vigilancia de uso de cinturón y sillitas A 80 km/h un choque frontal sin llevar puesto el cinturón de seguridad , suele llevar aparejado resultado de muerte o lesiones graves 09 marzo 2015 La Dirección General de Tráfico ( DGT ) pone en marcha una campaña de concienciación y vigilancia de uso del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantil ( sillitas infantiles ) . Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil junto con las policías autonómicas y locales que se sumen a la campaña , intensificarán los controles tanto en vías urbanas como en interurbanas . En 2013 , en vías interurbanas , 150 de los 692 fallecidos , usuarios de furgonetas y turismos ( que representan el 22% ) , no utilizaban cinturón de seguridad en el momento del accidente.

Si viaja con menores , no olvide

No llevar nunca al niño en brazos , ni suelto , siempre con sus SRI . No compartir el cinturón del adulto con el menor porque sería aplastado .

• La velocidad máxima a la que un adulto es capaz de impedir que un niño salga lanzado hacia delante en caso de impacto , es solo de 5 km/h .

• El niño debe ocupar los asientos traseros del coche . Si excepcionalmente utiliza el asiento de copiloto , debe desconectar siempre el airbag .

• No bajar la guardia en los trayectos cortos . En los trayectos de casa al cole es donde se acumulan el mayor número de conductas de riesgo .

• Los arneses o el cinturón no deberán ir retorcidos , ni holgados ni doblados


El cinturón de seguridad

Complementa la eficacia del airbag , ya que este dispositivo por sí solo no es eficaz y ha sido pensado para funcionar de forma complementaria

Protege de salir despedido del habitáculo , así como de impactar contra el parabrisas .

• Reduce hasta un 50% determinadas lesiones tanto del conductor como del pasajero en caso de accidente .

• A 80 km/h un choque frontal sin llevar puesto el cinturón de seguridad , suele llevar aparejado resultado de muerte o lesiones graves

• En un impacto frontal , la probabilidad de que un ocupante de los asientos de atrás golpee mortalmente a otro pasajero de los asientos de delante puede ser de hasta 8 veces mayor .

• Reduce hasta cinco veces la posibilidad de resultar herido grave o muerto en accidente en casco urbano si se lleva puesto


Niños : Siempre seguros en su sillita Coloque la silla el mayor tiempo posible en sentido contrario a la marcha 10 marzo 2015 La Dirección General de Tráfico ha elaborado la Guía : ' Siempre seguros . Siempre protegidos . Siempre en su sillita ' , en el que se informa sobre la normativa que regula el uso de sillitas infantiles , los tipos de lesiones más frecuentes que sufren los menores en caso de accidente de tráfico y la eficacia de los SRI ( Sistemas de retención infantil ) . La guía está dirigido a padres y conductores que tengan que transportar menores; y en ella se informa sobre los diferentes grupos de sillitas que ofrece el mercado , los tipos de anclajes , normas para su correcta utilización . Es decir , todas las claves para elegir y utilizar correctamente la sillita






 



 
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6/03/2015

Pioneras del volante hasta después de la Guerra Civil era raro ver mujeres conductoras

En 1996 , la Revista ' Tráfico y Seguridad Vial ' , localizó a las 18 conductoras en activo más veteranas , con su permiso vigente y que había sido obtenido anteriormente a 1932 .

Su testimonio nos sirvió para repasar los comienzos de la automoción en España y cómo fue la incorporación de la mujer a esta actividad , entonces reservada a los varones . Hoy , volvemos a traer este reportaje como homenaje a estas pioneras del volante en el Día Internacional de la Mujer . Ahora , 11 millones de conductoras En 2013 , según el último censo de conductores de la Dirección General de Tráfico casi once millones de mujeres ( exactamente 10 . 875 . 030 ) tenían permiso de conducir.



 


 Resultado de imagen de discapacidad accidentes 6/03/2015 Guia de atención a personas con discapacidad en accidentes.

Como ha señalado la DGT, la elaboración de este manual viene justificada dada la evidencia existente de que ante una situación de urgencia (accidente de tráfico, incendio, confinamiento, etc.), la respuesta que podemos presentar como primeros intervinientes, será más rigurosa, segura y eficiente en la medida en que conozcamos las dificultades que pueden tener las personas con discapacidad y qué debemos hacer para atenderlas, siguiendo principios de compresividad e igualdad.

Por este motivo, se ha desarrollado esta Guía, cuyas recomendaciones persiguen una triple finalidad:

  • Hacer visibles a las personas con discapacidad.

  • Dar a conocer a la ciudadanía general conceptos generales en torno a la discapacidad, a través de las características y necesidades de cada una de ellas.

  • Informar de pautas básicas, sencillas, pero a la vez necesarias para atender, en la medida de nuestras posibilidades, a una persona con necesidades y características concretas en una situación de emergencia.


 


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Día Internacional de la Audición.
Cuidarse el oído para conducir bien En permisos no profesionales , si la pérdida combinada es superior al 45% es obligatorio que lleven espejo panorámico interior y espejos retrovisores en ambos lados .
El día 3 de marzo –la elección del día se debe a la forma del 3 : la fecha 3-3 , simbólicamente representa ambas orejas– se celebra el Día Internacional del Cuidado del Oído y la Audición . El objetivo de este día es conciencia a la población sobre la pérdida auditiva y las enfermedades del oído y las posibilidades de prevención mediante un cuidado adecuado . La correcta audición es un tema fundamental para la conducción . De hecho , las personas con perdida de agudeza auditiva pueden continuar conduciendo con los permisos no profesionales.


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6/03/2015
ALERGIAS

Estornudos , picor de ojos , destilación nasal , congestión. Llegan las alergias Ante los síntomas de alergia , consulte a su médico y adviertale de que es conductor 03 marzo 2015 Un alérgico que encadene estornudos durante 5 segundos –es habitual hasta ocho o diez seguidos en plena crisis alérgica– , a 90 km/h , circularía sin prestar la debida atención a la conducción durante más de 125 metros : ¡mayor distancia que la longitud de una campo de fútbol ! Si esto no fuera suficiente peligro , los síntomas de esta enfermedad ( ojos irritados y fuertes picores , congestión y destilación nasal , molestias por la luz… ) también entorpecen la conducción segura . Tampoco es menos peligrosa la automedicación : tomar lo que recomienda un conocido ( “a mí me fue bien” ) sin indicación médica puede llevar a ingerir medicinas que provoquen somnolencia –por ejemplo , los antihistamínicos de primera generación
Compruebe los efectos negativos Todos los antihistamínicos que se venden en España deben llevar ya en sus envases un pictograma ( un coche dentro de una señal de peligro ) para alertar de sus efectos sobre la capacidad de conducir con seguridad .



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6/03/2015

 Regulación del tráfico para 2015

Medidas especiales de regulación del tráfico para 2015 Afecta a vehículos de transporte de mercancías , para pruebas deportivas , vehículos especiales y circunstancias excepcionales . 17 febrero 2015
Según lo dispuesto en la Resolución de 30 de enero de 2015 de la Dirección General de Tráfico ( DGT ) , entran en vigor medidas especiales de regulación del tráfico que se aplicarán durante todo el 2015 . Entre las medidas se establecen restricciones a la circulación : • Vehículos para la realización de pruebas deportivas , marchas ciclistas y otros eventos . • Vehículos destinados al transporte de mercancías , tanto de en general como peligrosas . • Vehículos especiales ( maquinaria agrícola , de obras y servicios , de servicios automotriz y grúas de elevación ) . • Reserva de carriles para la circulación de vehículos con alta ocupación







 

 

 

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16/04/2015
80% de los conductores a favor del 130 km/h.
Los conductores , a favor de un límite máximo de 130 Las 870 encuestas a conductores españoles sobre la propuesta de modificar los límites máximos de velocidad España fueron realizadas a traves de DUCIT , el Observatorio Español de Conductores ( elaborado por RACE ) . En este estudio , el 80% se mostró a favor de elevar el límite máximo de velocidad a 130 km/h en vías de alta capacidad . En concreto , un 81 , 2% estaría a favor de aplicarlo en autopistas y un 79 , 8% en autovías . En el caso contrario , es decir , en el de reducirlo a 110 km/h por razones climatológicas o volumen de tráfico , el 57 , 8% se muestra también de acuerdo . Los encuestados no creen que estas medidas afecten a un aumento de la siniestralidad .

LOS LÍMITES MÁXIMOS DE VELOCIDAD EN EUROPA De los 28 países que forman parte de la Unión Europea , 17 han incorporado velocidades máximas de 130 km/h o por encima de ésta , como es el caso de Polonia o Bulgaria con 140 km/h , o en Alemania , donde lo que existe es una recomendación para circular a 130 km/h .

Cinco países , entre ellos España y Portugal , tiene 120 km/h de velocidad máxima , mientras que seis países ( de los cuales , tres son islas ) tienen 112 km/h o menos .

En el extremo se sitúa Malta , cuya velocidad máxima es 80 km/h .

El país con menor ratio de muertos por millón de habitantes es Malta , seguido de Países Bajos , y , en tercer lugar , Reino Unido .


 

 


 
Los conductores , a favor de un límite máximo de 130 Las 870 encuestas a conductores españoles sobre la propuesta de modificar los límites máximos de velocidad España fueron realizadas a traves de DUCIT , el Observatorio Español de Conductores ( elaborado por RACE ) . En este estudio , el 80% se mostró a favor de elevar el límite máximo de velocidad a 130 km/h en vías de alta capacidad . En concreto , un 81 , 2% estaría a favor de aplicarlo en autopistas y un 79 , 8% en autovías . En el caso contrario , es decir , en el de reducirlo a 110 km/h por razones climatológicas o volumen de tráfico , el 57 , 8% se muestra también de acuerdo . Los encuestados no creen que estas medidas afecten a un aumento de la siniestralidad .
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